SAP Barcelona 723/2016, 27 de Septiembre de 2016
Ponente | MARIA ANGELES VIVAS LARRUY |
ECLI | ES:APB:2016:8599 |
Número de Recurso | 118/2016 |
Procedimiento | APELACIóN PENAL |
Número de Resolución | 723/2016 |
Fecha de Resolución | 27 de Septiembre de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
BARCELONA
SECCIÓN SEXTA
ROLLO Nº 118/16
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 242/14
JUZGADO DE LO PENAL Nº 3 BARCELONA
APELANTE: Inocencio
SENTENCIA Nº
TRIBUNAL
Dña. ÀNGELS VIVAS LARRUY
Dña. DOLORES BALIBREA PEREZ
D. JOSE ANTONIO RODRIGUEZ SAEZ
Barcelona, a 27 de septiembre 2016
VISTO el presente Rollo de Apelación nº 118/16, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 242/14 del Juzgado de lo Penal nº 3 BARCELONA, seguido por delito de conduccion sin permiso que no ha obtenido nunca, en el que se dictó sentencia el día 30/11/15. Ha sido parte apelante Inocencio ; y parte apelada el Ministerio Fiscal.
La parte dispositiva de la sentencia apelada, a la que anteriormente se ha hecho mención, dice lo siguiente: "FALLO: Condeno al acusado, Inocencio, como autor penalmente responsable de un delito de conducción sin permiso por no haberlo obtenido nunca, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de cuarenta jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad; y al pago de una tercera parte de las costas procesales. Como responsabilidad civil, el acusado Inocencio, deberá indemnizar a Victoriano en la cantidad de 744,44 euros, más el interés legal del dinero.
Absuelvo a la acusada, Margarita del delito de robo de uso de vehículo a motor por el que venía siendo acusado y declaro de oficio una tercera parte de las costas procesales.
Absuelvo al acusado Anton del delito de resistencia a los agentes de la autoridad por el que venía siendo acusado y declaro de oficio una tercera parte de las costas procesales. Lo absuelvo, asimismo, de la falta de lesiones".
.
Notificada dicha resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte apelante ya indicada en el encabezamiento de esta resolución, que se tramitó conforme a derecho siendo impugnado por el Ministerio Fiscal. Posteriormente la causa se elevó a esta Audiencia Provincial. TERCERO.- Recibidas las diligencias en esta Sección Sexta de la Audiencia, a la que correspondió el conocimiento del recurso, se dictó providencia incoando el presente Rollo de Apelación y con arreglo al turno de reparto previamente establecido se nombró magistrada ponente a la Ilma. Sra. ÀNGELS VIVAS LARRUY; y no habiéndose solicitado prueba en esta alzada, la celebración de vista no se consideró necesaria por este tribunal, quedando pendiente la deliberación y votación del recurso, lo que se ha realizado en el día de la fecha. Como magistrada ponente, en la presente resolución expreso el criterio unánime del Tribunal.
HECHOS PORBADOS
SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en esta alzada los hechos que se han declarado probados en la sentencia apelada. A cuyo tenor: "El día 23 de septiembre de 2013, sobre las 20:00 horas, la acusada, Margarita, mayor edad y sin antecedentes penales, empleó la motocicleta con matrícula ....RWR, propiedad de Victoriano, que había dejado para su reparación en el taller regentado por Gines (Motoracing Vallès de Sabadell), sin que haya quedado probado que la obtuviera sin autorización del depositario. Margarita prestó dicha motocicleta al también acusado, su amigo Inocencio, mayor de edad y sin antecedentes penales, quien la condujo por la avenida de Meridiana de Barcelona, careciendo de permiso de conducción, por no haberlo obtenido nunca. El acusado Inocencio circulaba de este modo con la motocicleta llevando como pasajero al también acusado, Anton, mayor de edad y sin antecedentes penales, cuando fueron avistados por una dotación policial de la Guardia Urbana de Barcelona, que realizaba un control preventivo, donde fueron dados del alto. El acusado Inocencio lejos de detenerse huyó del lugar circulando por varias calles, incluso en dirección contraria, hasta que cayeron al suelo la motocicleta y sus ocupantes al colisionar con un bordillo. Tras la caída ambos acusados pretendieron huir del lugar en direcciones opuestas. En concreto, el acusado Anton intentó abandonar el lugar escalando un muro, lo que le fue impedido por el agente de la Guardia Urbana con TIP NUM000 que lo dio alcance. El acusado, al girarse hacia el agente, cuando éste lo asió, lo golpeó con el codo en la nariz provocándole una contusión nasal. Durante la detención el mismo agente sufrió una erosión en el codo derecho. Ambas lesiones sanaron tras una única visita médica y en siete días.
La motocicleta, que tiene un valor de 1.200 euros, como consecuencia de estos hechos, sufrió deterioros...
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SAP Vizcaya 90053/2017, 2 de Marzo de 2017
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