SAP Valencia 878/2016, 22 de Noviembre de 2016

PonenteANA VEGA PONS-FUSTER OLIVERA
ECLIES:APV:2016:3695
Número de Recurso902/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución878/2016
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

ROLLO Nº 000902/2016

SECCIÓN 10ª

SENTENCIA Nº 878/16

SECCIÓN DÉCIMA :

Ilustrísimos Sres .:

Presidente:

D. CARLOS ESPARZA OLCINA

Magistrados/as:

Dª ANA DELIA MUÑOZ JIMENEZ

Dª ANA VEGA PONS FUSTER OLIVERA

En Valencia, a veintidós de noviembre de dos mil dieciséis

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de GUARDA Y CUSTODIA nº 000041/2014, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE DIRECCION000, entre partes, de una como demandante, Dª . Tarsila representada por la Procuradora Dª . MARIA ANGELES PONS OLIVER y defendido por el Letrado D. BERNARDO JOSE FERRER BARTOLOME y de otra como demandado, D. Alejandro, representado por la Procuradora Dª . MARIA CLIMENT CASTILLO y defendido por la Letrada Dª MARIA ANGELES SEGLAR OCAÑA. Siendo parte el MINISTERIO FISCAL.

Es ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª . ANA VEGA PONS FUSTER OLIVERA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE DIRECCION000, en fecha 6-4-16, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:"Estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Marian Pons Oliver en nombre y representación de Tarsila contra Alejandro, y estimando también parcialmente la demanda acumulada formulada de contrario de medidas definitivas sobre patria potestad, guardia y custodia, régimen de visitas y alimentos, en relación a los menores Efrain Y Elvira procede señalar las siguientes medidas:1º La autoridad parental sobre los menores Efrain Y Elvira será compartida por sus dos progenitores.2º Se establece un régimen de convivencia individual de los menores Efrain Y Elvira con su madre Tarsila 3º Se establece un régimen de comunicación y estancia de los menores con su padreconsistente en: fines de semanas alternos desde las 18 horas del viernes hasta las 20 horas del domingo con recogida y devolución en el domicilio maternoRespecto de las vacaciones escolares con arreglo a calendario escolar se distribuirán por mitad entre ambos cónyuges, eligiendo el padre en los años pares y la madre en los años impares. En cuanto a la entrega y recogida de los menores deberá efectuarse en el domicilio de la madre por el padre o persona autorizada por el mismo.4º En concepto de contribución a los gastos ordinarios de losmenores, Alejandro abonará la cantidad de 170 euros mensuales por cada hijo, dicha cantidad la ingresará en la cuenta que designe la madre y se actualizará conforme al IPC anual publicado por el INE u organismo que le sustituya. Asimismo, ambos progenitores abonarán por mitad los gastos extraordinarios de la menor.5º Se establece un régimen de visitas a favor de abuelos, parientes y allegados con el menor, de modo que cada uno de los progenitores fomentará la relación del menor con los respectivos parientes de cada línea, durante el período de tiempo que el menor esté en su compañía.Procede no realizar especial pronunciamiento en cuanto a las costas causadas en esta instancia."

Por auto de 7 de abril se añadió en el fallo que la pensión se abonará desde la fecha de presentación de la demanda.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal de la parte demandada se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día veintiuno de noviembre para la...

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