SAP Santa Cruz de Tenerife 457/2016, 8 de Septiembre de 2016
Ponente | MARIA PALOMA FERNANDEZ REGUERA |
ECLI | ES:APTF:2016:2505 |
Número de Recurso | 312/2016 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIÓN |
Número de Resolución | 457/2016 |
Fecha de Resolución | 8 de Septiembre de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª |
? SECCIÓN PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL
Avda. Tres de Mayo nº 3
Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 922 20 86 40
Fax.: 922 208644
Sección: ANA
Rollo: Recurso de apelación
Nº Rollo: 0000312/2016
NIG: 3803842120140014188
Resolución:Sentencia 000457/2016
Proc. origen: Procedimiento ordinario Nº proc. origen: 0000792/2014-00
Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Santa Cruz de Tenerife
Intervención: Interviniente: Abogado: Procurador:
Fiscal Ministerio Fiscal
Apelado Macarena Cecilia Cristo Enciso De La Rosa Maria Renata Martin Vedder
Apelante Cristina Francisco Jose Hiraldo Del Castillo Joaquin Cañibano Martin
Apelante DIARIO LA RAZON Francisco Jose Hiraldo Del Castillo Joaquin Cañibano Martin
SENTENCIA
Rollo nº 312/2016
Autos nº 792/2014
Jdo. 1ª Inst. Nº 3 de Santa Cruz de Tenerife
Iltmos. Sres./a
Presidente:
D. ÁLVARO GASPAR PARDO DE ANDRADE
Magistrados:
Dª MARÍA PALOMA FERNÁNDEZ REGUERA
D. ANTONIO MARÍA RODERO GARCÍA
En Santa Cruz de Tenerife, a ocho de septiembre de de dos mil dieciséis. Visto por los Iltmos. Sres./a. Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia dictada en los autos de juicio ordinario que versa sobre Derecho al Honor nº 792/2014, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santa Cruz de Tenerife, promovidos por Dª Macarena, representada por la Procuradora Dª Renata Martín Vedder, y asistida por la Letrada Dª Cecilia Enciso de la Rosa, contra Dª Cristina y la entidad Audiovisual Española, 2000, S.A. (Diario La Razón), representados por el Procurador D. Joaquin Cañibano Martín, y asistidos por el Letrado D. Francisco Hiraldo del Castillo, siendo parte el Ministerio Fiscal; han pronunciado, en nombre de S.M. EL REY; la presente sentencia siendo Ponente la Iltma. Sra. Dª MARÍA PALOMA FERNÁNDEZ REGUERA, con base en los siguientes:
En los autos indicados la Iltma. Sra. Magistrada Juez Dª Ana Delia Hernández Sarmiento del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santa Cruz de Tenerife, dictó sentencia el 12 de febrerodde 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO:
"Que debo ESTIMAR Y ESTIMO parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Dª Renata Martín Vedder en nombre y representación de Dª Macarena, declarando en consecuencia que Doña Cristina y la mercantil Audiovisual Española 2000 S.A (Diario La Razón) son responsables de haber cometido una intromisión ilegítima en el honor de la demandante, a través de la versión digital del periódico en la web www.larazon.es. Condeno a Audiovisual Española 2000 S.A. a publicar el texto íntegro de la sentencia, una vez firme, en la mencionada web, en localización y formato similar a como fue publicado el artículo de la periodista Doña Cristina en fecha 9 de noviembre de 2015. Asimismo condeno a ambas demandadas a pagar conjunta y solidariamente a la actora, en concepto de indemnización, la cantidad de TRES MIL (3.000) euros, más los intereses legales devengados. Las costas ocasionadas en esta primera instancia serán satisfechas por mitad por cada una de las partes."
Notificada la sentencia a las partes en legal forma, por la representación de las partes demandada, se interpuso recurso de apelación, evacuándose el respectivo traslado, formulándose oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sección.
Iniciada la alzada y seguidos todos sus trámites, se señaló día y hora para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 8 de septiembre de 2016 .
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Formulada demanda sobre tutela del derecho al honor y a la imagen personal y profesional, por parte de Dª Macarena frente a Dª Cristina, y el Diario "La Razón" (Audiovisual Española 2000 S.A.), en suplico de que se dicte sentencia en la que, declarando que ha existido una intromisión ilegítima en el honor, la intimidad y la propia imagen de la demandante, se condene solidariamente a los demandados a; 1.- La difusión íntegra de la sentencia que recaiga, en el periódico "La Razón" y en su versión digital a costa de los demandados y en lugar destacado y con tratamiento tipográfico preferente. 2.- Se condene solidariamente a los demandados a indemnizar los perjuicios causados, indemnización que se cifra en sesenta mil euros, más el lucro obtenido por el diario La Razón y Cristina por la intromisión ilegítima en los derechos de la perjudicada, o en la cantidad que prudencialmente fije el Juez; y 3) Condene al demandado al pago de las costas del procedimiento, fue contestada y opuesta por la parte demandada y, tras la práctica de las pruebas propuestas y admitidas, recayó Sentencia en fecha 12 de febrero de 2016, estimando parcialmente la demanda presentada declarando que la parte demandada es responsable de haber cometido una intromisión ilegítima en el honor de la demandante, y condena a la publicación del texto integro de la sentencia, una vez firme, y a pagar conjunta y solidariamente a la demandante en concepto de indemnización la cantidad de 3.000€ más los intereses legales devengados y debiendo ambas partes satisfacer por mitad las costas ocasionadas en esta primera instancia.
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