SAP Madrid 193/2017, 30 de Mayo de 2017

ECLIES:APM:2017:7818
Número de Recurso855/2016
ProcedimientoRecurso de Apelación
Número de Resolución193/2017
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Vigesimoprimera

C/ Ferraz, 41, Planta 6 - 28008

Tfno.: 914933872/73,3872

37007740

N.I.G.: 28.096.00.2-2016/0001484

Recurso de Apelación 855/2016

O. Judicial Origen: Juzgado Mixto nº 06 de Navalcarnero

Autos de Procedimiento Ordinario 218/2016

APELANTE:: BANKIA SA

PROCURADOR D./Dña. FRANCISCO ABAJO ABRIL

APELADO:: D./Dña. Efrain

PROCURADOR D./Dña. JAVIER FRAILE MENA

NM

SENTENCIA

MAGISTRADOS Ilmos Sres.:

D. GUILLERMO RIPOLL OLAZÁBAL

Dª ROSA MARÍA CARRASCO LÓPEZ

D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ

En Madrid, a treinta de mayo de dos mil diecisiete. La Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto, en grado de apelación, los autos de juicio ordinario 218/2016 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia número 6 de Navalcarnero, seguidos entre partes, de una, como Apelante-Demandado: Bankia, S.A., y de otra, como Apelado-Demandante:

d. Efrain .

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia número 6 de Navalcarnero, en fecha 2 de septiembre de 2016, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimo la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Efrain contra Bankia S.A. y declaro la nulidad de la orden de compra de acciones de Bankia suscrita por el demandante el 10 de mayo de 2012 por 9.756 acciones y un importe de

20.067,15 euros. Se condena a la demandada a reintegrar al demandante la cantidad de 20.067,15 euros, más los intereses legales desde la fecha de la ejecución de la orden, con devolución, por la parte demandante del precio obtenido en la venta de las acciones que asciende a 14.360,83 euros más los intereses devengados desde la venta y los dividendos percibidos con los intereses legales, que habrán de determinarse en ejecución de sentencia. Todo ello con imposición de costas a Bankia S.A."

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma, se interpuso recurso de apelación, por la parte demandada, mediante escrito del que se dió traslado a la otra parte, que presentó escrito de oposición al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección, en la que se personó, en plazo, el apelante y ante la que no se ha practicado prueba alguna.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de 25 de mayo de 2017, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 29 de mayo de 2017.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se rechazan los razonamientos jurídicos de la sentencia apelada que quedan sustituidos por los que se expresan a continuación.

SEGUNDO

En la Comisión Nacional del Mercado de valores, se registró, el día 21 de junio de 2011, la Oferta Pública de Suscripción de Acciones de la entidad mercantil Bankia,, s.a., con el número de registro 9972.

Y, como corolario legal de ello, se registra, el día 29 de junio de 2011, el "folleto" de la Oferta, en el que consta, dentro del apartado relativo a la información sobre el emisor, y, en el cuadro correspondiente a la información intermedia, que, en la cuenta de resultados del primer trimestre del año 2011, figura um beneficio pro forma (no auditado) de 91 millones de euros, y un beneficio consolidado de 35 millones de euros .

Bankia s.a. sale a Bolsa el día 20 de julio de 2011 con 824.572.253 acciones de 2 euros de valor nominal y una prima de emisión, por acción, de 1,75 euros (en total 3,75 euros por acción ). Las acciones que salen a Bolsa representaban el 55% de la totalidad de las acciones de Bankia s.a., siendo así que, del resto de las acciones que representaba el 45%, continuaba siendo titular el Banco Financiero y de Ahorro s.a. Mediante la suscripción de las acciones que salieron a Bolsa, Bankia s.a. obtuvo 3.902 millones de euros.

El día 4 mayo de 2012 Bankia s.a. remite, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, las "cuentas anuales individuales" correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2011 y las "cuentas consolidadas" de dicho ejercicio, el del año 2011, pero sin auditar y a través de un "hecho relevante", en las que se incluyen unos beneficios superiores a los 300 millones de euros en lógico a coherencia con los beneficios de 91 millones de euros correspondientes a su primer trimestre del año 2011 que se habían hecho constar en el folleto de la Oferta Pública de Suscripción de Acciones.

El día 9 de mayo de 2013 la entidad pública denominada Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria s.a. (FROB) interviene el Banco Financiero y de Ahorro s.a. adquiriendo el 100% de sus acciones. En consecuencia, pasa, el FROB, a ser titular del 45% de las acciones de Bankia s.a.

El día 10 de mayo de 2012 don Efrain acude a una de las sucursales de Bankia s.a. y da la orden de compra de 9.756 acciones de Bankia s.a., y, en cumplimiento de esta orden, acude Bankia s.a. al mercado secundario (la Bolsa), en el que se celebra, ese mismo día 10 de mayo de 2012, un contrato de compraventa, en el que el comprador es don Efrain, quien paga, en el acto, el precio de 20.067,15 euros, y vendedor es una persona cuya identidad ignoramos (no consta que sea Bankia s.a.), la cual entrega las 9.756 acciones de Bankia s.a. de las que era titular por lo que cobra los 20.067,15 euros del precio. En base a esta compraventa, don Efrain deviene titular de las 9.756 acciones de Bankia s.a.

El día 17 de mayo de 2012 acude de nuevo don Efrain a la sucursal de Bankia s.a. y da la orden de venta de sus 9.756 acciones de Bankia s.a., y, en cumplimiento de esta orden, acude Bankia s.a. al mercado secundario (la Bolsa), en el que se celebra ese mismo día 17 de mayo de 2012 un contrato de compraventa, en el que el vendedor es don Efrain, quien cobra, en el acto, el precio de 14.360,83 euros y deja de ser titular de las 9.756 acciones de Bankia s.a. y el comprador es una persona cuya identidad ignoramos la cual ha pagado el precio de los 14.360,83 euros deviniendo titular de las 9.756 acciones compradas.

El jueves día 24 de mayo de 2012 se cierra la cotización en Bolsa de la acciones de Bankia s.a. a 1,57 euros por acción.

El día 25 de mayo de 2012 Bankia s.a. comunica, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la aprobación de unas nuevas cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2011, esta vez sí auditadas, en las cuales se reflejan unas pérdidas superiores a los 3 millones de euros que contradicen la existencia, en el primer trimestre del año 2011, de unos beneficios de 91 millones de euros que se habían hecho constar en el folleto de la Oferta Pública de Suscripción de Acciones.

A petición de Bankia s.a., la Comisión Nacional del Mercado de Valores suspende, el día 25 de mayo de 2012, la cotización de las acciones de Bankia s.a.

El día 27 de noviembre de 2012 se aprueba el plan de reestructuración del Banco Financiero y de Ahorro s.a. "(BFA)-Bankia s.a." por parte de la Comisión Euorpea, el Banco de España y el FROB, que se materializó en una inyección económica de 17.959 euros, para recapitalizar tanto el Banco Financiero y de Ahorro s.a. como Bankia s.a., haciéndose público, poco después, el valor económico real de Bankia s.a. que se cifró en menos

4.148 millones de euros.

Por decisión del FROB de fecha 16 de abril de 2013, adoptada dentro del plan de reestructuración de Bankia s.a., se cuerda que, al cierre de la sesión bursátil del día 19 de abril de 2013, el valor de las acciones de Bankia quedara reducido a un céntimo de euro .

El día 15 de marzo de 2016 don Efrain presenta una demanda con la que promueve un juicio ordinario contra Bankia s.a., y, en la que respecto de la compraventa de las acciones de Bankia s.a., ejercita las cuatro siguientes acciones procesales:

  1. Con carácter principal, la de anulabilidad por haber prestado el consentimiento viciado por error.

  2. Con carácter subsidiario respecto de la anterior, la indemnizatoria derivada de la responsabilidad civil contractual por incumplimiento de las obligaciones de información transparencia y lealtad.

  3. Con carácter subsidiario respecto de las dos anteriores, la indemnizatoria derivada de la responsabilidad civil prevista en el apartado 3 del artículo 28 de la Ley 24/1988, de 24 de julio de Mercado de Valores .

  4. Con carácter subsidiario respecto de las tres anteriores, la de enriquecimiento injusto.

Bankia s.a. contesta a la demanda mediante la presentación el día de 5 de abril de 2016, de un escrito en el que interesa su libre absolución con desestimación total de la demanda. Respecto de la acción procesal de anulabilidad deducida con carácter principal, opone la excepción de falta de legitimación pasiva "ad causam" poniendo de manifiesto que, a la compraventa que se hace en el mercado secundario, no se le puede dar el mismo tratamniento jurídico que a la compraventa de las acciones de Bankia s.a. por oferta pública que se haga en el mercado primario.

Respecto del folleto de la Oferta Pública de Suscripción de acciones de Bankia s.a. debe darse por probada su inveracidad, pues, los beneficios económicos de 91 millones de euros en el primer trimestre de 2011, se corresponde a unos beneficios superiores a 300 millones de euros durante todo el año 2011, según las cuentas presentadas por Bankia s.a., en la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el dia 4 de mayo de 2012. Y, esas cuentas, son inveraces, como lo viene a reconocer la propia Bankia s.a., al presentar, ante la misma Comisión Nacional del Mercado de Valores,...

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