SAP Burgos 423/2017, 1 de Septiembre de 2017

PonenteILDEFONSO JERONIMO BARCALA FERNANDEZ DE PALENCIA
ECLIES:APBU:2017:770
Número de Recurso222/2017
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución423/2017
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

BURGOS

SENTENCIA: 00423/2017

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 de BURGOS

PASEO DE LA AUDIENCIA Nº 10

Tfno.: 947259950 Fax: 947259952

N.I.G. 09059 42 1 2016 0008783

RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000222 /2017

Juzgado de procedencia: JDO.DE 1A.INSTANCIA N.1 de BURGOS

Procedimiento de origen: JUICIO VERBAL 0000028 /2017

Recurrente: Aida

Procurador: ANDRES JOSE JALON PEREDA

Abogado: CRISTINA ALONSO FERNANDEZ

Recurrido: TECNICAS DEL CAMPO S L

Procurador: ENRIQUE SEDANO RONDA

Abogado: ALEJANDRO GONZALEZ GAYO

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos, constituida unipersonalmente por el Ilmo. Sr.

Magistrado D. ILDEFONSO BARCALA FERNÁNDEZ DE PALENCIA, ha dictado la siguiente.

SENTENCIA Nº 423.

En Burgos, a uno de septiembre de dos mil diecisiete.

VISTOS, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el Rollo de Sala núm. 222 de 2.017, dimanante del Juicio Verbal nº 28/17, del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Burgos, sobre reclamación de cantidad, en recurso de apelación interpuesto contra Sentencia de fecha 12 de abril de 2.017, en el que han sido partes, en esta segunda instancia, como demandante-apelada, la mercantil TÉCNICAS DEL CAMPO, S.L., representada por el Procurador D. Enrique Sedano Ronda y defendida por el Letrado D. Alejandro González Gayo, contra la demandada-apelante, Dª Aida, representada por el Procurador D. Andrés Jalón Pereda y defendida por la Letrada Dª Cristina Alonso Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente Fallo: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Enrique Sedano Ronda, en nombre de TÉCNICAS DE CAMPO S.L. contra Dña. Aida, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la demandante la cantidad de CINCO MIL SETECIENTOS DIECIOCHO EUROS CON SETENTA CENTIMOS (5.718,70 euros), más el interés legal devengado por dicha suma desde la interpelación de la demanda, que se incrementará en dos puntos desde la fecha de esta sentencia hasta su completo pago. Todo ello con expresa imposición de costas procesales a la parte demandada .

  2. - Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de la demandada se presentó escrito interponiendo recurso de apelación, que fue admitido en tiempo y forma. Dado traslado a la parte contraria, para que en el término de diez días presentase escrito de oposición al recurso o de impugnación de la resolución, lo verificó en tiempo y forma, oponiéndose al recurso mediante escrito que consta en las actuaciones; acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. - Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para el examen de actuaciones el día 27 de julio de 2017, en que tuvo lugar, quedando las actuaciones en poder del Ilmo. Sr. Magistrado Ponente a fin de dictar la resolución procedente.

  4. - En la tramitación del presente recurso se han observado las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Cuenca 253/2019, 17 de Septiembre de 2019
    • España
    • 17 Septiembre 2019
    ...ha puesto término al litigio, con evitación de éste, dando lugar a las pretensiones actoras". En el mismo sentido, SAP de Burgos, Secc. 3ª, de 1/9/17, Rec. 222/17 : "Tiene razón la parte apelante cuando dice que no le es de aplicación lo dispuesto en el artículo 395.2 LEC para el caso de qu......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR