AAP Barcelona 149/2017, 9 de Mayo de 2017
Ponente | AMELIA MATEO MARCO |
ECLI | ES:APB:2017:4271A |
Número de Recurso | 379/2016 |
Procedimiento | Recurso de Apelación |
Número de Resolución | 149/2017 |
Fecha de Resolución | 9 de Mayo de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª |
Sección nº 01 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
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N.I.G.: 0811442120128278534
Recurso de apelación 379/2016 -A
Materia: Ejecución títulos judiciales
Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Martorell Procedimiento de origen:Ejecución de títulos judiciales 294/2015
Parte recurrente/Solicitante: Elisabeth
Procurador/a: Rocio Fernandez Prat
Abogado/a: Marta Tarrida Planas
Parte recurrida: CENTRO DE CULTURA POR CORRESPONDENCIA, C.C.C., S.A.
Procurador/a: Judith Moscatel Vivet
Abogado/a: Andrés Estany Segalas
AUTO Nº 149/2017
Barcelona, 9 de mayo de 2017
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados D. Antonio RECIO CÓRDOVA, Dª Amelia Mateo Marco y Dª Isabel Adela GARCIA DE LA TORRE FERNÁNDEZ, actuando el primero de ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de apelación nº 379/16 interpuesto contra el auto dictado el día 14 de diciembre de 2015 en el procedimiento nº 29, tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Martorell en el que es recurrente Dª Elisabeth y apelado CENTRO DE CULTURA POR CORRESPONDENCIA, C.C.C., S.A. previa deliberación pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente resolución.
El auto antes señalado, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: "DESESTIMO TOTALMENT L'OPOSICIÓ formulada per la representación processal de Elisabeth davant la demanda d'execució instada poer la representació processal de CENTRO E CULTURA POR
CORRESONDENCIA, C.C.C.,S.A. i en conseqüència DECLARO PROCEDENT que l'execució segueixi endavant per la quantitat de 1.549,50€ de principal més 480€ que es van fixar provisionalment en concepte d'interessos i costes de l'execució, amb expressa imposició de les costes causades a part executada."
Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.
Fundamenta la decisión del Tribunal la Ilma. Sra. Magistrada Ponente Dª Amelia Mateo Marco.
Planteamiento del litigio en primera instancia. Resolución apelada. Recurso de apelación. CENTRO DE CULTURA POR CORRESPONDENCIA, CCC, S.A. solicitó ejecución del Decreto dictado contra Doña Elisabeth en el procedimiento monitorio seguido contra ésta, haciendo constar que había percibido extrajudicialmente la cantidad de 700 € a cuenta de la deuda, que quedaba así reducida a 1599,50 €.
La ejecutada se opuso a la ejecución alegando que había existido un pacto entre las partes, equiparable a una novación, mediante la cual se le permitía ponerse al día, efectuando pagos parciales, extremo que había venido cumpliendo; y, además, la existencia de pluspetición por haber satisfecho la cantidad de 50 €, que no se habían tenido en cuenta, y haberse despachado ejecución por las costas a pesar de que tenía concedido el beneficio de justicia gratuita.
La ejecutante reconoció el pago de 50 €, e impugnó el resto de las alegaciones de la oposición.
El Juzgado ha dictado Auto, en el que reduce la cantidad objeto de ejecución por principal a 1.549,50 €, pero desestima totalmente la oposición, al haberse efectuado el pago de 50 € después de despachada la ejecución. La ejecutada se alza contra dicha resolución, insistiendo en los otros extremos de su oposición.
La ejecutante se ha opuesto al recurso.
Inexistencia de novación o pacto que constituya causa de oposición.
La oposición a la ejecución de resoluciones procesales o arbitrales o de los acuerdos de mediación tiene un elenco de causas muy limitado, que son las recogidas en el art. 556 LEC . Sólo el pago o cumplimiento de lo ordenado,...
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Cuestiones prácticas sobre justicia gratuita y costas a la luz de la doctrina y jurisprudencia
...se constriñe al principal y los intereses efectivamente devengados. Así lo reconoce, por ejemplo, el Auto de 9 de mayo de 2017 de la sección 1ª de la Audiencia Provincial de Barcelona (Nº de Recurso: 379/2016, Nº de Resolución: 149/2017,Ponente: AMELIA MATEO MARCO) cuando señala que: “Bien ......