SAP Valencia 267/2017, 26 de Abril de 2017

JurisdicciónEspaña
Número de resolución267/2017
Fecha26 Abril 2017

ROLLO NÚM. 002708/2016

VTA

SENTENCIA NÚM.: 267/17

Ilustrísimos Sres.:

MAGISTRADOS

Dª PURIFICACIÓN MARTORELL ZULUETA

D. LUIS SELLER ROCA DE TOGORES

Dª BEATRIZ BALLESTEROS PALAZÓN

En Valencia a veintiséis de abril de dos mil diecisiete.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON/ DOÑA BEATRIZ BALLESTEROS PALAZÓN, el presente rollo de apelación número 002708/2016, dimanante de los autos de Incidente Concursal - 000274/2015, promovidos ante el JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE VALENCIA, entre partes, de una, como apelante a CAIXABANK SA, CATALUNYA BANC SA y CAIXA POPULAR - CAIXA RUAL COOP CTO V, representado por el Procurador de los Tribunales ELENA MEDINA CUADROS, FRANCISCO JAVIER BARBER PARIS y EMILIO SANZ OSSET, y asistido del Letrado SILVIA CAMARA LEMUS, ADOLFO PORCAR RODILLA y LUIS ENRIQUE CALERO RAMON y de otra, como apelados a CÍA. FERVIALIA S.L. y ADMÓN. CONCURSAL DE FERVIALIA S.L. representado por el Procurador de los Tribunales PILAR MORENO OLMOS, y asistido del Letrado ADELA ISABEL FABREGAT CARRASCO, en virtud del recurso de apelación interpuesto por CAIXABANK SA, CATALUNYA BANC SA y CAIXA POPULAR - CAIXA RUAL COOP CTO V.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado del JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE VALENCIA en fecha 19/01/16, contiene el siguiente FALLO: " Que estimando como estimo la demanda de incidente concursal sostenida por la Administración concursal en el seno del Concurso num. 1196/2013 contra ACTIVIDADES DE INGENIERIA Y CONSTRUCCION FERVIALIA S.L.,CAIXABANK S.A., CATALUNYA BANC S.A. y CAIXA POPULAR-CAIXA RURAL S. COOP. DE CREDITO V., se efectuan los siguientes pronunciamientos: 1.- Se declara, a todos los efectos procedentes en Derecho, que la constitucion de gravamenes reales sobre la fincas num. NUM000, NUM001, y NUM002 del Registro de la Propiedad num. 12 de Valencia, sobre las fincas NUM003 y NUM004 del Registro de la Propiedad num. 5 de Valencia, y sobre la finca num. NUM005 del Registro de la Propiedad num. 4 de Valencia, asi como sobre los derechos de credito titulados frente a la Comunidad de Regantes DIRECCION000, el Ayuntamiento de Xeresa y el Ayuntamiento de Loriguilla, son perjudiciales para la masa activa del concurso, procediendo se rescision. 2.- En su virtud, se condena a los demandados a estar y pasar por la anterior declaracion y en particular: ---- Respecto de Caixabank S.A. Se acuerda la rescision parcial

del contrato marco de refinanciacion suscrito entre las codemandadas con fecha 5 de septiembre de 2012, en concreto del "Prestamo tramo A" y "Prestamo tramo B" asi como de la escritura de elevacion a publico del contrato privado, formalizada ante el Notario de Valencia D. Jose Alicarte Domingo en la misma fecha, protocolo num. 2282, y en consecuencia, quedando liberados los derechos de credito que se adeudaban a la concursada por parte de la Comunidad de Regantes DIRECCION000 por importe de 531.868,30.- euros, el Ayuntamiento de Xeresa por importe de 16.704,00.- euros y el Ayuntamiento de Loriguilla por importe de 201.046,89.- euros. Se declara y acuerda la ineficacia de la hipoteca de segundo rango constituida a favor de la entidad CAIXABANK S.A. sobre la fincas num. NUM000, NUM001, y NUM002 del Registro de la Propiedad num. 12 de Valencia, sobre las fincas NUM003 y NUM004 del Registro de la Propiedad num. 5 de Valencia, asi como de la hipoteca de tercer rango constituida sobre la finca num. NUM005 del Registro de la Propiedad num. 4 de Valencia. Se condena a Caixabank S.A. a pagar a Actividades de Ingenieria y Construccion Fervialia S.L. para su reintegro a la masa del concurso la cantidad de 17.420,99.- euros. Que procede el reconocimiento de un credito concursal a favor de Caixabank S.A. por importe de 588.697,51.- euros y con la calificacion de credito ordinario. Se condena a Caixabank S.A. a pagar a la masa activa del concurso el importe de 9.594,66.- euros.--- Respecto de Catalunya Banc S.A. Se acuerda la rescision parcial del contrato marco de refinanciacion suscrito entre las codemandadas con fecha 5 de septiembre de 2012, en concreto del "Prestamo tramo A" y "Prestamo tramo B" asi como de la escritura de elevacion a publico del contrato privado, formalizada ante el Notario de Valencia D. Jose Alicarte Domingo en la misma fecha, protocolo num. 2282, y en consecuencia, quedando liberados los derechos de credito que se adeudaban a la concursada por parte de la Comunidad de Regantes DIRECCION000 por importe de 531.868,30.- euros, el Ayuntamiento de Xeresa por importe de 16.704,00.- euros y el Ayuntamiento de Loriguilla por importe de 201.046,89.- euros.Se declara y acuerda la ineficacia de la hipoteca de segundo rango constituida a favor de la entidad CATALUNYA BANC S.A. sobre la fincas num. NUM000, NUM001, y NUM002 del Registro de la Propiedad num. 12 de Valencia, sobre las fincas NUM003 y NUM004 del Registro de la Propiedad num. 5 de Valencia, asi como de la hipoteca de tercer rango constituida sobre la finca num. NUM005 del Registro de la Propiedad num. 4 de Valencia. Se condena a Catalunya Banc S.A. a pagar a Actividades de Ingenieria y Construccion Fervialia S.L. para su reintegro a la masa del concurso la cantidad de 9.896,37.- euros. Que procede el reconocimiento de un credito concursal a Catalunya Banc S.A. por importe de 231.546,35.- euros, con la clasificacion de credito ordinario. Se condena a Catalunya Banc S.A. a pagar a la masa activa del concurso el importe de 5.609,94.- euros. ---- Respecto de Caixa Popular-Caixa Rural. A) Se acuerda la rescision parcial del contrato marco de refinanciacion suscrito entre las codemandadas con fecha 5 de septiembre de 2012, en concreto del "Prestamo tramo A" y "Prestamo tramo B" asi como de la escritura de elevacion a publico del contrato privado, formalizada ante el Notario de Valencia D. Jose Alicarte Domingo en la misma fecha, protocolo num. 2282, y en consecuencia, quedando liberados los derechos de credito que se adeudaban a la concursada por parte de la Comunidad de Regantes DIRECCION000 por importe de 531.868,30.- euros, el Ayuntamiento de Xeresa por importe de 16.704,00.- euros y el Ayuntamiento de Loriguilla por importe de 201.046,89.- euros. Se declara y acuerda la ineficacia de la hipoteca de segundo rango constituida a favor de la entidad Caixa Popular sobre la fincas num. NUM000, NUM001, y NUM002 del Registro de la Propiedad num. 12 de Valencia, sobre las fincas NUM003 y NUM004 del Registro de la Propiedad num. 5 de Valencia, asi como de la hipoteca de tercer rango constituida sobre la finca num. NUM005 del Registro de la Propiedad num. 4 de Valencia. Se condena a Caixa Popular a pagar a Actividades de Ingenieria y Construccion Fervialia S.L. para su reintegro a la masa del concurso la cantidad de 7.682,64.- euros. Que procede el reconocimiento de un credito concursal a favor de Caixa Popular por importe de 267.915,76.- euros y con la clasificacion de credito ordinario. Se condena a Caixa Popular a pagar a la masa activa del concurso el importe de 4.356,84.- euros. 3.- Se condena a los demandados a la realizacion de cuantos actos y formalidades fueren precisos para su efectividad. Firme que sea esta resolucion, lilbrese mandamiento al Registro de la Propiedad de Valencia num. 12, al Registro de la Propiedad de Valencia num. 4 y al Registro de la Propiedad de Valencia num. 5. 4.- Sin pronunciamiento en materia de costas procesales. "

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por CAIXABANK SA, CATALUNYA BANC SA y CAIXA POPULAR - CAIXA RUAL COOP CTO V, dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Planteamiento.

La representación procesal de Caixabank, S.A., la representación procesal de Catalunya Banc, S.A., la representación procesal de Caixa Popular - Caixa Rural, S.C.C.V. y la representación procesal de Actividades de

Ingeniería y Construcción Fervialia, S.L. interponen recursos de apelación contra la Sentencia de 19 de enero de 2016, dictada en el incidente concursal (I72) 274/2015, en el seno del concurso 1196/2013, siendo la deudora la sociedad Actividades de Ingeniería y Construcción Fervialia, S.L., que estima la demanda formulada por la Administración Concursal y acuerda la rescisión de las garantías de los tramos A y B del contrato marco de refinanciación de 5 de septiembre de 2012 garantizados con garantía real de prenda sobre los derechos de crédito de la concursada frente a la Comunidad de Regantes DIRECCION000, por importe de 531.868,30 euros, y garantizado con garantía real de prenda sobre los derechos de crédito frente a los Ayuntamientos de Xeresa y Loriguilla y constitución de segunda hipoteca sobre determinados bienes inmuebles y tercera hipoteca sobre el local comercial sito en Ruzafa. En consecuencia reconoce los créditos de las demandadas como créditos ordinarios. También les condena al pago de los gastos en importe de 35.000 euros y la devolución de los importes abonados por la Comunidad de Regantes DIRECCION000, por importe de 19.561,44 euros. Todo ello como consta en el fallo de la resolución impugnada trascrito en los antecedentes de esta resolución.

La Administración Concursal (en adelante AC) interpuso demanda de incidente concursal de reintegración que pretende, en virtud del art. 71.3.2º LC, la rescisión e ineficacia de las garantías constituidas en los tramos A y B del contrato marco de refinanciación de 5 de septiembre de 2012 concertado entre la deudora y las tres entidades financieras...

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