SAP Valladolid 350/2017, 24 de Octubre de 2017

PonenteMIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS
ECLIES:APVA:2017:1251
Número de Recurso258/2017
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución350/2017
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

VALLADOLID

SENTENCIA: 00350/2017

Modelo: N10250

C.ANGU STIAS 21

- Tfno.: 983.41 3495 Fax: 983.45 9564

Equipo/usuario: MMD

N.I.G. 47186 42 1 2016 0013366

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000258 /2017

Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de VALLADOLID

Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000822 /2016

Recurrente: BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES SALAMANCA Y SORIA SA

Procurador: FRANCI SCO JAVIER GALLEGO BRIZUELA

Abogado: CARLOS REDONDO DIEZ

Recurrido: Patricio

Procurador: LEIRE RODRIGUEZ HERNANDO

Abogado: MANUEL PEREZ PEÑA

S E N T E N C I A núm. 350

ILMO.PRESIDENTE.:

D. JOSE JAIME SANZ CID

ILMOS. MAGISTRADOS:

D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS (ponente)

D. ANGEL MUÑIZ DELGADO

En VALLADOLID, a veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000822/2016, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000258/2017, en los

que aparece como parte apelante, BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES SALAMANCA Y SORIA SA, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. FRANCISCO JAVIER GALLEGO BRIZUELA, asistido por el Abogado D. CARLOS REDONDO DIEZ, y como parte apelada, Patricio, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. LEIRE RODRIGUEZ HERNANDO, asistido por el Abogado D. MANUEL PEREZ PEÑA, sobre NULIDAD CONDICION GENERAL DE CONTRATACION (C.SUELO), siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de VALLADOLID, se dictó sentencia con fecha 7 de Marzo de 2017, en el procedimiento JUICIO ORDINARIO 822/16-AL del que dimana este recurso. Se aceptan antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

La expresada sentencia contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento:

FALLO

: "pertinente aplicación, Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Rodríguez Hernando, en nombre y representación de D. Patricio, frente a BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES,

SALAMANCA Y SORIA, S.A., -BANCO CEISS-, debo:

- Condenar a la demandada a reintegrar a la parte actora lascantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de la cláusula suelo del contrato de préstamo hipotecario de fecha 05/07/2006, a concretar en ejecución de sentencia,

procediendo al recalculo del cuadro de amortización del préstamo hipotecario desde su constitución como si nunca hubiera estado incluida la cláusula suelo, siguiendo dicho cuadro en lo sucesivo hasta el fin del préstamo.

- Con la imposición de los intereses legales de conformidad con el Art. 1108 del C. Civil a la parte demandada.

- Con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada."

Que ha sido recurrido por la parte BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES SALAMANCA Y SORIA SA, oponiéndose la parte contraria.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, señalándose la audiencia del día 18 de Octubre de 2017, para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.

ÚLTIMO.- Se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de la parte demandante BANCO CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA S.A. recurre en apelación la sentencia de instancia que estima la demanda interpuesta en su contra por D. Patricio y le condena a reintegrar a la parte actora las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de la cláusula suelo del contrato de préstamo hipotecario de fecha 5 de julio de 2007 a concretar en ejecución de sentencia, procediendo al recalculo del cuadro de amortización del citado préstamo desde su constitución como si nunca hubiera estado incluida la citada clausula e imposición de intereses legales y costas procesales a la parte demandada. Alega como motivos en síntesis; vulneración del principio de cosa juzgada y preclusión conforme a lo dispuesto en el artículo 400 LEC y doctrina jurisprudencial

(p.e STS 3 de mayo y 27 de octubre de 2000, 30-3-2011 ) y criterio sentado por la propia Audiencia de Valladolid (ST 7 de octubre y 3 y 27 de noviembre 2016 Secc1ª) -ya que lo reclamado por el actor y lo concedido por la sentencia apelada no deja de ser la consecuencia de la declaración de nulidad de la cláusula suelo acordada en un anterior procedimiento y sentencia firme, dictada por el Juzgado de lo Mercantil de Valladolid; incongruencia judicial así como error en la apreciación de la prueba así como en la inaplicación de la excepción de compensación alegada al contestar la demanda- con carácter subsidiario para el caso de que entrara a conocer sobre el montante económico de la reclamación efectuada; improcedencia de condenar en costas a la parte demandada ya que la demanda debe ser desestimada y en todo caso de estimarse la misma nunca sería una estimación total sino parcial. Pide por todo ello se dicte nueva sentencia que revoque la de instancia y desestime íntegramente la demanda.

Se opone a este recurso la parte demandada solicitando su desestimación e integra confirmación de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Comenzando como obliga la lógica resolutiva por el primero de los motivo referido a la excepción de cosa juzgada y preclusión procesal pronto hemos de adelantar la total desestimación del mismo, pues el criterio que expresa y sigue la sentencia apelada es precisamente el mismo que viene manteniendo esta Sección 3ª en coincidencia igualmente con el de la práctica totalidad de las Audiencias Provinciales que ya se han ido pronunciado sobre esta misma problemática (p. e, Audiencia de Palencia- Sentencias 226/227/2016 de 15 de noviembre ; Audiencia de Jaén 257/2015 de 10 de...

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