AAP Madrid 803/2017, 16 de Octubre de 2017
Ponente | JUSTO RODRIGUEZ CASTRO |
ECLI | ES:APM:2017:4206A |
Número de Recurso | 1243/2017 |
Procedimiento | Recurso de Apelación |
Número de Resolución | 803/2017 |
Fecha de Resolución | 16 de Octubre de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 29ª |
Sección nº 29 de la Audiencia Provincial de Madrid
C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 12 - 28035
Teléfono: 914934418,914933800
Fax: 914934420
Y
37051030
N.I.G.: 28.148.00.1-2016/0009615
Recurso de Apelación 1243/2017
Origen :Juzgado de Instrucción nº 2 de Torrejón de Ardoz
Diligencias previas 1856/2016
Apelante: VIASPEED y D./Dña. Casilda
Procurador D./Dña. MARIA LUISA GARCIA MANZANO
Letrado D./Dña. ANA MARIA MENGUAL PRIETO
Apelado: D./Dña. Norberto y D./Dña. MINISTERIO FISCAL
Letrado D./Dña. JUAN MANUEL LOZANO TAPIA
AUTO Nº 803/17
Ilmos. Sres. Magistrados
Dª Pilar Rasillo López
Dª Lourdes Casado López
D. Justo Rodríguez Castro (ponente)
En Madrid, a 16 de octubre de 2017
Por la Procuradora Dª. María Luisa García Manzano, en nombre y representación de la mercantil "VIASPEED" se presentó, en fecha de23 de febrero de 2017, el anterior escrito, en el que interponía recurso de Reforma y subsidiario de Apelación, contra el auto de fecha 16 de febrero de 2017, dictado por el Juzgado de Instrucción nº: 2 de Torrejón de Ardoz (Madrid), en las Diligencias Previas nº: 1549/2016, cuya parte dispositiva era del tenor literal siguiente: "Se acuerda la ACUMULACION de las presentes actuaciones Diligencias Previas nº 1549/2016, que se dan con ello por finalizadas, al procedimiento DIP 1856/2016, que también se sigue en
este Juzgado". Desestimado el inicial recurso de reforma por auto de fecha 8 de junio de 2017, en el mismo se admitió a trámite el recurso de Apelación, formulado con carácter subsidiario, dándose traslado del mismo al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal en su escrito presentado en fecha de 17 de agosto de 2017, remitiéndose las actuaciones a la Audiencia Provincial de Madrid, por diligencia de ordenación de fecha 30 de agosto de 2017, correspondiendo a esta Sección 29ª por turno de reparto.
Recibidas las anteriores actuaciones, por diligencia de ordenación de fecha 22 de septiembre de 2017, se acordó formar el oportuno rollo de Apelación, señalándose la correspondiente deliberación para el día 11 de octubre de 2017, quedando entonces el citado recurso de Apelación pendiente de resolución.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Justo Rodríguez Castro.
Por la parte apelante que representa a la mercantil "VIASPEED" se fundamenta su recurso, en síntesis, en que con carácter previo a la acumulación de autos se debe notificar a la interesada Dª. Casilda
, cuya denuncia debe tramitarse en una causa independiente, dirigiéndose esta última no sólo contra D. Norberto, sino también contra D. Pedro Enrique, además de por un delito de falsedad por un delito de falso testimonio, no cabiendo la acumulación a otros autos en los que se ha acordado previamente el sobreseimiento provisional y su archivo.
Del examen de las actuaciones consta que por Dª. Casilda se presentó en fecha de 22 de julio de 2016 escrito interponiendo denuncia por presuntos delitos de falso testimonio y falsedad documental contra
D. Pedro Enrique, el policía local del Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama con nº: NUM000 y contra D. Norberto, que repartida al Juzgado de Instrucción nº: 2 de Torrejón de Ardoz (Madrid) determinó la incoación de las Diligencias Previas nº: 1549/2016 por auto de fecha 26 de septiembre de 2016 (folios 180 al 181), habiéndose planteado una cuestión de competencia entre dicho el anterior órgano judicial y el Juzgado de Instrucción nº: 9 de Madrid, que fue resuelta por la Sección 15ª de la Audiencia Provincial de Madrid que atribuyó la competencia al Juzgado de...
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