SAP Santa Cruz de Tenerife 389/2017, 7 de Noviembre de 2017

PonentePILAR ARAGON RAMIREZ
ECLIES:APTF:2017:2530
Número de Recurso346/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución389/2017
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

SECCIÓN CUARTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

Avda. Tres de Mayo nº3

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 34 94 19-20

Fax.: 922 34 94 18

Email: s04audprov.tfe@justiciaencanarias.org

Rollo: Recurso de apelación

Nº Rollo: 0000346/2017

NIG: 3803842120110004124

Resolución:Sentencia 000389/2017

Proc. origen: Juicio verbal Nº proc. origen: 0000435/2011-00

Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Santa Cruz de Tenerife

Intervención: Interviniente: Abogado: Procurador:

Apelado Federico Maria Adela Perez Baez Begoña Aranzazu Pintado Gonzalez Apelante Coro Yaniert Martinez Figueredo Elena Pilar Llarena Trulock SENTENCIA

Iltmos. /as Sres. /as

SALA Presidente

D./Dª. PABLO JOSÉ MOSCOSO TORRES

Magistrados

D./Dª. EMILIO FERNANDO SUÁREZ DÍAZ

D./Dª. PILAR ARAGÓN RAMÍREZ (Ponente)

En Santa Cruz de Tenerife, a 7 de noviembre de 2017.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA núm.1 de Santa Cruz de Tenerife, en los autos núm.435/11, seguidos por los trámites del juicio verbal, promovidos, como demandante, por DON Federico, representado por la Procuradora Doña Begoña A. Pintado González y dirigido por la Letrada Doña Adela Pérez Báez, contra DOÑA Coro, representada por la Procuradora Doña Elena Llarena Trulock

y dirigido por la Letrada Doña Yaniert Martínez Figueredo, ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente la Magistrada doña PILAR ARAGÓN RAMÍREZ, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados el Ilm. Sr. Magistrado-Juez doña María Raquel Alejano Gómez dictó sentencia el dos de septiembre de dos mil quince cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Dña. Begoña Pintado González en nombre de D. Federico, debo condenar y condeno a la demandada Dña. Coro a que abone a la actora la cantidad de 5.889,10 euros, más intereses legales desde la interposición de la demanda, que se incrementarán en dos puntos desde la fecha de la sentencia y con condena en costas.».

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandada, en el que interponía recurso de apelación contra tal resolución con exposición de las alegaciones en las que fundaba la impugnación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandante presentó escrito de oposición al mencionado recurso.

CUARTO

Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición a esta Sala, se acordó, una vez recibidos, incoar el presente rollo, designar Ponente y señalar para la votación y fallo del presente recurso el día 30 de octubre del año en curso, en el que ha tenido lugar la reunión del Tribunal al efecto.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte demandada solicita en el suplico de su escrito de...

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