AAP Madrid 345/2017, 14 de Diciembre de 2017

PonenteJOSE MARIA TORRES FERNANDEZ DE SEVILLA
ECLIES:APM:2017:5190A
Número de Recurso581/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución345/2017
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Duodécima

c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 3 - 28035

Tfno.: 914933837

37007750

N.I.G.: 28.047.00.2-2015/0004266

Recurso de Apelación 581/2017

O. Judicial Origen: Juzgado Mixto nº 06 de Collado Villalba

Autos de Ejecución Hipotecaria 571/2015

DEMANDANTE/APELANTE: BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. PROCURADOR: D. FRANCISCO ABAJO ABRIL DEMANDADO/APELADO: D. Samuel

PROCURADOR: Dña. MARIA DEL MAR SANCHEZ LOPEZ

PONENTE: ILMO. SR. D. JOSÉ MARÍA TORRES FERNÁNDEZ DE SEVILLA A U T O Nº 345

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JOSÉ MARÍA TORRES FERNÁNDEZ DE SEVILLA

D. FERNANDO HERRERO DE EGAÑA Y OCTAVIO DE TOLEDO

Dña. ANA MARÍA OLALLA CAMARERO

En Madrid, a catorce de diciembre de dos mil diecisiete.

La Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Ejecución Hipotecaria nº 571/15 procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Collado Villalba, seguidos entre partes, de una como demandante-apelante BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., representado por el Procurador

D. Francisco Abajo Abril, y de otra, como demandado-apelado, D. Samuel representado por el Procurador Dña. María del Mar Sánchez López, sobre suspensión procedimiento por cuestión prejudicial de cláusulas de vencimiento anticipado, siendo Magistrado Ponente D. JOSÉ MARÍA TORRES FERNÁNDEZ DE SEVILLA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Collado Villalba, con fecha 21 de Abril de 2017, se dictó auto cuya parte dispositiva dice así: "DISPONGO: Acordar la suspensión del curso de los presentes autos en cuanto afectados por la cuestión prejudicial planteada al Tribunal de Justicia de la Unión Europea por la Sala Primera del Tribunal Supremo en Auto de 8 de febrero de 2017 (recurso número 1752/2014 ), y en tanto se dicta resolución en la cuestión indicada."

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal del Banco demandante, que fue admitido, dándose traslado a la otra parte, que se opuso, y en su virtud, previos los oportunos trámites, se remitieron los autos originales a este Tribunal ante el que han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para deliberación, votación y fallo el pasado día 13 de Diciembre, en que ha tenido lugar lo acordado.

CUARTO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre la ejecutante el Auto que suspende este proceso de ejecución hipotecaria, para estar a la espera de la decisión que sobre la validez de la cláusula del vencimiento anticipado y de las posibles consecuencias de una eventual nulidad por abusividad ha planteado la Sala Primera del Tribunal Supremo ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Los argumentos de la recurrente se concentran en los siguientes epígrafes de su escrito de recurso: 1º la excepcionalidad de la...

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