SAP Asturias 561/2017, 5 de Diciembre de 2017

PonenteJOSE MANUEL TERAN LOPEZ
ECLIES:APO:2017:3360
Número de Recurso547/2017
ProcedimientoCivil
Número de Resolución561/2017
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 7ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 7

GIJON

SENTENCIA: 00561/2017

N10250

PZA. DECANO EDUARDO IBASETA, S/N - 2º. 33207 GIJÓN

Tfno.: 985176944-45 Fax: 985176940

EMA

N.I.G. 33024 42 1 2016 0001198

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000547 /2017

Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de GIJON

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000070 /2016

Recurrente: Cipriano

Procurador: MATEO MOLINER GONZALEZ

Abogado: CESAR FERNANDEZ RODRIGUEZ

Recurrido: PANRICO, S.A.U.

Procurador: JUAN RAMON SUAREZ GARCIA

Abogado: FELIPE ALONSO AGÜERA

SENTENCIA núm. 561/2017

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE: D. RAFAEL MARTÍN DEL PESO GARCÍA

MAGISTRADOS: D. JOSÉ MANUEL TERÁN LÓPEZ

D. PABLO MARTÍNEZ HOMBRE GUILLÉN

En GIJON, a cinco de diciembre de dos mil diecisiete.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Gijón, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 70/2016, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Gijón, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 547/2017, en los que aparece como parte apelante, D. Cipriano, representado por el Procurador de los Tribunales D. Mateo Moliner González, asistido por el Abogado D. César Fernández Rodríguez, y como parte apelada, PANRICO, S.A.U., representado por el Procurador de los Tribunales D. Juan Ramón Suárez García, asistido por el Abogado D. Felipe Alonso Agüera.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Gijón, dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 12 de junio de 2017, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Desestimar íntegramente la demanda interpuesta por D. Cipriano, con expresa imposición de costas a la parte demandante."

SEGUNDO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de D. Cipriano se interpuso recurso de apelación y admitido a trámite se remitieron a esta Audiencia Provincial, y cumplidos los oportunos trámites, se señaló para la deliberación y votación del presente recurso el día 21 de noviembre de 2017.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. MagistradoD. JOSÉ MANUEL TERÁN LÓPEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la demanda formulada por D. Cipriano contra la entidad Panrico, S.A.U. -actualmente Bakery Donuts Iberia, S.A.-, con expresa imposición de costas al actor; en la que solicitaba una pretensión de condena dineraria en reclamación de cantidades debidas por reducción unilateral de haberes que correspondían al actor y una indemnización por daños y perjuicios derivados de la extinción unilateral del contrato a instancias de la demandada.

Frente a dicha resolución se formula el presente recurso de apelación por la representación de D. Cipriano en relación a la cantidad de 15.079,64 euros por las diferencias retributivas, así como la imposición de las costas de instancia al amparo de lo dispuesto en el art. 394.1 de la LEC .- SEGUNDO.- Como primer motivo del recurso se reitera la petición de condena a la entidad demandada al pago de la cantidad de 15.079,64 euros correspondiente a las diferencias contributivas de los meses de octubre a diciembre de 2013, si bien reconoce que le fue abonado el 50% por importe 815,14 euros, así como las del período comprendido entre enero de 2014 a Febrero de 2015, fecha en que la demandada resolvió el contrato, suscrito entre las partes en fecha 4 de abril de 2005 -en que se le abonaba un 10 %, incrementado a un 15 %-, habiendo modificado la demandada unilateralmente dicha retribución en Octubre de 2013, reduciendo un 10% el porcentaje que venía percibiendo; y que como el recurrente no estaba vinculado por los acuerdos...

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