SAP Barcelona 934/2018, 20 de Diciembre de 2018

PonenteVICENTE CONCA PEREZ
ECLIES:APB:2018:12290
Número de Recurso221/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución934/2018
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

Sección nº 04 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Calle Roger de Flor, 62-68, pl. 1 - Barcelona - C.P.: 08013

TEL.: 935672160

FAX: 935672169

EMAIL:aps4.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0810142120168208043

Recurso de apelación 221/2018 -P

Materia: Juicio verbal precario

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 3 de L'Hospitalet de Llobregat

Procedimiento de origen:Juicio verbal (Desahucio precario art. 250.1.2) 1062/2016

Parte recurrente/Solicitante: Amadeo

Procurador/a: Marta Coll Sirvent

Abogado/a: MARIA ANGELES RODRIGUEZ MARTINEZ

Parte recurrida: Margarita, Marisol, IGNORADOS OCUPANTES CALLE000 NUM000 - NUM001, NUM002

- NUM002 DE L'HOSPITALET DE LLOBREGAT

Procurador/a: Melissa Villanueva Gonzalez

Abogado/a:

SENTENCIA Nº 934/2018

Magistrados:

Vicente Conca Perez

Jordi Lluís Forgas Folch

Adolfo Lucas Esteve

Barcelona, 20 de diciembre de 2018

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 20 de febrero de 2018 se han recibido los autos de Juicio verbal (Desahucio precario art. 250.1.2) 1062/2016 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 3 de L'Hospitalet de Llobregat a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dª Marta Coll Sirvent, en nombre y representación de D. Amadeo contra Sentencia - 14/09/2017 y en el que consta como parte apelada la

Procuradora Dª Melissa Villanueva Gonzalez, en nombre y representación de Margarita, y parte demandada Marisol, IGNORADOS OCUPANTES CALLE000 NUM000 - NUM001, NUM002 - NUM002 DE L'HOSPITALET DE LLOBREGAT.

SEGUNDO

El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: DISPONGO : Que dando lugar al desahucio solicitado en la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Doña Melissa Villanueva González, en nombre y representación de Doña Margarita, DEBO CONDENAR y CONDENO a Doña Marisol y otros posibles IGNORADOS OCUPANTES de la vivienda sita en la CALLE000, NUM000 - NUM001, NUM002 NUM002 de LŽHospitalet de Llobregat a que, dentro del término legal, desalojen la vivienda que ocupan, sita en la CALLE000, NUM000 - NUM001, NUM002 NUM002 de LŽHospitalet de Llobregat, dejándola libre, vacua y expedita a disposición de la demandante con la prevención que de no hacerlo así, se procederá al lanzamiento y desalojo de la misma .

IMPONER a Doña Marisol y otros posibles IGNORADOS OCUPANTES de la vivienda sita en la CALLE000

, NUM000 - NUM001, NUM002 NUM002 de LŽHospitalet de Llobregat las COSTAS del presente procedimiento.

TERCERO El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos. CUARTO. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.

Se designó ponente al Magistrado D. Vicente Conca Perez .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Posiciones de las partes.

  1. - La actora, Dª Margarita, ejercita acción de desahucio por precario frente a D. Amadeo como ocupante sin título de la vivienda de su propiedad sita en Hospitalet de Llobregat, CALLE000, NUM000 - NUM001, NUM002, NUM002, alegando que el demandado carece de título para poseerla.

    Al efectuar el emplazamiento se hizo constar por parte de la persona presente en la vivienda, Dª Marisol, que ella 'hace seis meses que reside en...

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