AAP A Coruña 59/2018, 21 de Junio de 2018

PonenteJORGE GINES CID CARBALLO
ECLIES:APC:2018:436A
Número de Recurso135/2018
ProcedimientoCivil
Número de Resolución59/2018
Fecha de Resolución21 de Junio de 2018
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª

AUTO: 00059/2018

AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA

SECCIÓN SEXTA

SANTIAGO DE COMPOSTELA

Rollo de apelación civil nº 135/18

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. ÁNGEL PANTÍN REIGADA, PRESIDENTE

D. CÉSAR GONZÁLEZ CASTRO

D. JORGE CID CARBALLO

AUTO

Núm. 59/18

En Santiago de Compostela, a veintiuno de junio de dos mil dieciocho.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 6ª, de la Audiencia Provincial de A CORUÑA, los Autos de PIEZA DE OPOSICION A LA EJECUCION 0000074/2017-0001, procedentes del XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN

N.2 de PADRÓN, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000135/2018, en los que aparece como parte apelante, D. Severino, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. MARÍA CARMEN FERNÁNDEZ POZAS, asistido por el Abogado D. MIGUEL ÁNGEL INSUA VIDAL, y como parte apelada, BANCO PASTOR S.A.U., representado por el Procurador de los tribunales, Sra. MARÍA RITA GOIMIL MARTÍNEZ, asistido por el Abogado D. JUAN GONZÁLEZ TORRES; y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JORGE CID CARBALLO, quien expresa el parecer de la Sala, procede formular los siguientes Hechos, Razonamientos Jurídicos y Parte Dispositiva.

HECHOS
PRIMERO

Seguido el litigo en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 2 de marzo de 2018, se dictó auto cuya Parte Dispositiva dice así: "Estimar la oposición contra la ejecución despachada en estas actuaciones planteada por la parte ejecutada BANCO PASTOR, SAU.

Dejar en suspenso todos los embargos y medidas de garantía adoptados en el presente procedimiento, hasta que transcurra el plazo de un mes, que se otorga a la parte ejecutante para solicitar del Tribunal el mantenimiento de los embargos y medidas adoptados, de conformidad con lo previsto en el artículo 561.3 segundo párrafo, de la LEC.

Transcurrido dicho plazo sin que la presente resolución haya sido recurrida por la ejecutante y, además, solicitado expresamente el mantenimiento de los embargos y medidas ya acordadas, álcense todas ellas, librándose a tal efecto los despachos correspondientes.

Condenar a la parte ejecutante al pago de las costas de la oposición".

SEGUNDO

Notificada a las partes contra la misma se interpuso recurso de apelación por D. Severino, y en su virtud, previos los oportunos trámites, se remitieron los autos a este Tribunal ante el que han comparecido los litigantes en la forma expresada, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, y celebrándose la correspondiente deliberación, votación y fallo el pasado día 13 de junio de 2018.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El primer motivo de apelación alegado por el ejecutante denuncia el supuesto error cometido...

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