SAP Zaragoza 314/2018, 17 de Julio de 2018
Ponente | MAURICIO MANUEL MURILLO GARCIA-ATANCE |
ECLI | ES:APZ:2018:1658 |
Número de Recurso | 751/2018 |
Procedimiento | Penal. Apelación procedimiento abreviado |
Número de Resolución | 314/2018 |
Fecha de Resolución | 17 de Julio de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00314/2018
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 de ZARAGOZA
- Domicilio: CALLE GALO PONTE S/N
Telf: 976208376-77-79-81 Fax: 976208383
Equipo/usuario: PUY
Modelo: SE0200
N.I.G.: 50297 43 2 2017 0005654
ROLLO: RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000751 /2018
Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de ZARAGOZA
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000296 /2017
RECURRENTE: Benito
Procurador/a: CESAR AYLLON ROMERA
Abogado/a: EDUARDO VAL MARTIN
RECURRIDO/A:
Procurador/a:
Abogado/a:
SENTENCIA
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE
D. JOSÉ RUIZ RAMO
MAGISTRADOS
D. MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ y LÓPEZ DE HIERRO
Doña MARÍA JOSEFA GIL CORREDERA
D. MAURICIO MURILLO y GARCÍA ATANCE
En Zaragoza, a diecisiete de Julio de dos mil dieciocho.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación las Diligencias de Procedimiento Abreviado número 296/2017, procedentes del Juzgado de lo Penal número Dos de Zaragoza, Rollo número 751/2018, seguidas por delito de Abandono de Familia por Impago de Pensiones, contra Benito, con D.N.I. nº NUM000, nacido en DIRECCION001 (La Rioja) el NUM001 /1979, hijo de Leopoldo y de Beatriz, vecino de DIRECCION000 (Lérida), de solvencia no acreditada, sin antecedentes penales computables y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales Don César Ayllón Romera y defendido por el Abogado Don Eduardo Val Martín. Es parte acusadora el Ministerio Fiscal, que ejerce la acusación pública. Es Ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Magistrado Don MAURICIO MURILLO y GARCÍA ATANCE, quien expresa el parecer del Tribunal.
En los citados autos recayó sentencia con fecha siete de Mayo de 2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Que debo CONDENAR y CONDENO a don Benito como Autor responsable de un delito de ABANDONO DE FAMILIA (IMPAGO DE PENSIONES), previsto y penado en los artículos 227-1 y 3 228 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de SEIS MESES de Multa, con una cuota diaria de 3 €, así como al pago de las costas.
Todo ello con expresa sujeción en caso de impago de la Multa a la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53 del código penal para caso de impago e insolvencia, un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.
Para el cumplimiento de la pena, abónesele en su caso el tiempo que haya permanecido privado de libertad por estos hechos.
En concepto de responsabilidad civil CONDENO al expresado acusado a indemnizar a la perjudicada doña Maite en la cantidad de 21.529,44 €, adeudada por pensión de alimentos para el hijo menor común y por pensión compensatoria para ella en el período comprendido entre junio de 2012 y el Auto del Juzgado de Instrucción nº 12 de esta ciudad de 26 de abril de 2017 que adecua el proceso a los trámites del procedimiento abreviado, ambas mensualidades incluidas, con los intereses legales correspondientes del art. 576 de la L.E.C "
La sentencia apelada contiene la siguiente relación fáctica: "HECHOS PROBADOS.- Queda probado y así se declara que por Auto de medidas provisionales de 29 de mayo de 2012, dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Zaragoza en los Autos nº 1209/2011, se establecieron medidas respecto del hijo menor Juan Antonio, nacido el NUM002 /2005 del matrimonio entre el acusado don Benito, mayor de edad y sin antecedentes penales, y la denunciante doña Maite, fijando concretamente que aquél debía abonar por alimentos para el menor la suma mensual de 359 €. Posteriormente el mismo Juzgado dictó en los Autos de Divorcio contencioso nº 482/2o12 Sentencia de 3 de junio de 2013, que impuso al encausado la obligación de abonar a favor del hijo la cantidad de 350 € al mes por pensión de alimentos y a favor de la denunciante la suma mensual de 200 € en concepto de pensión compensatoria, la cual se extinguiría a los dos años (junio de 2015).
El encausado desde el principio hizo caso omiso de la obligación impuesta por las resoluciones mencionadas y...
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AAP Barcelona 773/2018, 12 de Noviembre de 2018
...ejemplos en la jurisprudencia de las audiencias y así por ej AAP, Penal sección 6 del 12 de julio de 2018 ( ROJ: AAP Z 1658/2018 - ECLI:ES:APZ:2018:1658 A ), AAP, Penal sección 9 del 21 de noviembre de 2017 ( ROJ: AAP B 9206/2017 ECLI:ES:APB:2017:9206 A ) Sentencia: 751/2017 Recurso: 220/20......