SAP Cuenca 32/2019, 5 de Febrero de 2019

PonenteERNESTO CASADO DELGADO
ECLIES:APCU:2019:24
Número de Recurso525/2018
ProcedimientoCivil
Número de Resolución32/2019
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Cuenca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CUENCA

SENTENCIA: 00032/2019

Modelo: N10250

PALAFOX Nº 4-1ª PLANTA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Teléfono: 969224118 Fax: 969228975

Equipo/usuario: AEV

N.I.G. 16078 41 1 2017 0001560

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000525 /2018

Juzgado de procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 4 de CUENCA Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000401 /2017 Recurrente: LIBERBANK SA

Procurador: RAQUEL PINOS CALVO

Abogado: VICENTE LUIS COLOMA GARCIA

Recurrido: Jose Ramón

Procurador: MARIA CARMEN MARTINEZ RUIZ

Abogado: INOCENTE COLLADO CASTILLO

AUDIENCIA PROVINCIAL

CUENCA

Apelación Civil Rollo nº 525/2018

Juicio Ordinario nº 401/2017

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Cuenca

SENTENCIA Nº 32/2019

ILMOS/AS. SRES/AS.:

PRESIDENTE (ACCTAL):

D. ERNESTO CASADO DELGADO (PONENTE)

MAGISTRADOS/AS:

Dª MARIA PILAR ASTRAY CHACON

D. JAVIER MARTIN MESONERO

En Cuenca, a cinco de febrero de dos mil diecinueve.

Vistos en trámite de recurso de apelación los autos de Juicio Ordinario nº 401/2017 procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Cuenca, seguidos a instancia de D. Jose Ramón, representado por la Procuradora Dª. María del Carmen Martínez Ruíz y asistido por el Letrado D. Inocente Collado Castillo, contra LIBERBANK, S.A, representada por la Procuradora Dª. Raquel Pinós Calvo y asistida por el Letrado

D. Vicente Luis Coloma García; en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de LIBERBANK, S.A contra la sentencia dictada en primera instancia de fecha diecinueve de mayo de dos mil dieciocho, siendo siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don ERNESTO CASADO DELGADO, quién expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Cuenca se dictó Sentencia, en fecha 19 de mayo de 2018, cuyo Fallo presenta el siguiente tenor:

"Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Dª María Carmen Martínez Ruiz, en nombre y representación de D. Jose Ramón, contra la entidad mercantil LIBERBANK S.A., debo desestimar y desestimo la excepción planteada por la entidad demandada relativa a la falta de legitimación activa de la parte actora.

Asimismo, debo declarar y declaro la nulidad de la condición general de la contratación conocida como "cláusula suelo", inserta en la Escritura de ampliación de préstamo hipotecario de 23 de noviembre de 1998, que establece el límite a las revisiones del tipo de interés de un mínimo aplicable de un 5%, condenando a la demandada LIBERBANK S.A., a estar y pasar por dicha declaración.

Asimismo, y en consecuencia, debo condenar y condeno a la demandada LIBERBANK S.A., a restituir al demandante D. Jose Ramón la cantidad de 4.119,83 euros, como indebidamente cobrada por aplicación de la cláusula declarada nula desde el momento del contrato hasta su cancelación, el día 25 de mayo de 2016, así como los intereses devengados por las cantidades indebidamente cobradas.

Asimismo, debo declarar y declaro la nulidad de la cláusula de redondeo al alza, inserta en la Estipulación Tercera Bis de la Escritura de ampliación de préstamo hipotecario de 23 de noviembre de 1998, en la parte que establece lo siguiente " El nuevo tipo de interés que se aplicará durante el periodo ANUAL consecutivo a la fecha de revisión será el que resulte de adicionar UN COMO VEINTICINCO PUNTOS al nuevo tipo de referencia publicado por el BOE, redondeándose el resultado al alza al más cercano múltiplo de un cuarto de punto ".

En consecuencia, debo condenar y condeno a la demandada LIBERBANK S.A., a estar y pasar por dicha declaración, así como a restituir al demandante D. Jose Ramón las cantidades que se hubieran cobrado en exceso en virtud de la...

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