SAP Madrid 548/2019, 14 de Noviembre de 2019

PonenteJOSE MANUEL ARIAS RODRIGUEZ
ECLIES:APM:2019:15595
Número de Recurso816/2019
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución548/2019
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Décima

c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 2 - 28035

Tfno.: 914933917,914933918

37007740

N.I.G.: 28.065.00.2-2019/0000037

Recurso de Apelación 816/2019

O. Judicial Origen: Juzgado Mixto nº 02 de Getafe

Autos de Juicio Verbal (250.2) 8/2019

APELANTE: D./Dña. Carlos Antonio

PROCURADOR D./Dña. ALICIA TEJEDOR BACHILLER

APELADO: TDA CAM 8 FTA FONDO DE TITULIZACIÓN DE ACTIVOS

PROCURADOR D./Dña. ELENA MEDINA CUADROS

SENTENCIA Nº 548/2019

ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:

D./Dña. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

D./Dña. MARIA BEGOÑA PEREZ SANZ

D./Dña. JOSÉ IGNACIO ZARZUELO DESCALZO

En Madrid, a catorce de noviembre de dos mil diecinueve.

La Sección Décima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Juicio Verbal (250.2) 8/2019 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Getafe a instancia de D./Dña. Carlos Antonio apelante -demandado, representado por el/la Procurador D./Dña. ALICIA TEJEDOR BACHILLER y defendido por Letrado, contra TDA CAM 8 FTA FONDO DE TITULIZACIÓN DE ACTIVOS apelado - demandante, representado por el/la Procurador D./Dña. ELENA MEDINA CUADROS y defendido por el/la ; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 28/06/2019.

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

VISTO, Siendo Magistrado Ponente D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 02 de Getafe se dictó Sentencia de fecha 28/06/2019, cuyo fallo es el tenor siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por TDA CAM 8 FTA Fondo de Titulización de activos, contra los ignorados ocupantes de la vivienda sita en C/ DIRECCION000 nº NUM000, NUM001 NUM001 de Getafe, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio, debiendo proceder D. Carlos Antonio y los demás ignorados ocupantes al desalojo de la misma con apercibimiento de lanzamiento si no lo efectuaren. Se imponen las costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes. Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 8 de noviembre de 2019, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 12 de noviembre de 2019.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Habiéndose dictado sentencia en primera instancia, estimatoria...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 28 de Octubre de 2020
    • España
    • October 28, 2020
    ...DE HECHO PRIMERO La representación procesal de D. Sergio presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia n.º 548/2019, de 14 de noviembre, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 10.ª, en el rollo de apelación n.º 816/2019, dimanante de los autos ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR