AAP Madrid 413/2003, 7 de Octubre de 2003

ECLIES:APM:2003:10835
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución413/2003
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

CG

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 291 /2003

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 279 /2003

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 3 de ALCALA DE HENARES

S E N T E N C I A Nº 413/03

ILMOS. SRES.

PRESIDENTA DÑA. A. MARÍA RIERA OCÁRIZ

MAGISTRADA DÑA. DÑA. SUSANA POLO GARCIA

MAGISTRADO D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO

En MADRID, a siete de octubre de dos mil tres.

VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador/a D/Dª.Mª Carmen Sánchez Muñoz, en representación de Aurelio , contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Alcalá de Henares; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª SUSANA POLO GARCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 26/06/03, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: >FALLO: Condeno al acusado Aurelio , ya circunstanciado, como autor penalmente responsable, con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal agravante de reincidencia, de un delito de Abandono de Familia, asimismo definido, a la pena de arresto de 10 fines de semana, y al pago de las costas procesales.

Debiendo indemnizar el condenado a Nuria en las cantidades adeudadas desde febrero-2.000 a agosto-2.002. Devengando dichas cantidades el legal interés prevenido en el art. 576.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil..

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada: >Apreciando en conciencia la prueba practicada, expresa y terminantemente se declara aprobado que el acusado Aurelio , mayor de edad y sin antecedentes penales, obligado en virtud de sentencia de Divorcio de Mutuo Acuerdo que devino firme, dictada en fecha 8 de marzo de 2000 por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Alcalá de Henares en el Procedimiento nº 10/2000, a satisfacer una pensión de 246,41 euros mensuales a favor de sus hijos menores, desde el mes de febrero de 2.000 ha dejado de contribuir con dicha suma a las cargas familiares hasta agosto de 2.002, pese a tener posibilidades económicas. >.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, se presentó escrito de impugnación en base a la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.

CUARTO

Por el Juzgado de lo penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 07/10/03.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan y se dan por reproducidos los hechos que en la sentencia recurrida se declaran probados.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La representación procesal de Aurelio formula recurso de apelación contra la sentencia de fecha 26/6/03, alegando error en la valoración de la prueba.

En orden a la valoración de la prueba, tanto el juez de instancia como el de apelación, son igualmente libres para apreciarla en conciencia (STC. 124/83), sin embargo es aquél, por razones de inmediación en su percepción, a quien aprovechan al máximo las pruebas practicadas en el acto del juicio, por eso se afirma que la fijación de los hechos llevados a cabo...

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