SAP Murcia 372/2002, 26 de Octubre de 2002

PonenteANTONIO SALAS CARCELLER
ECLIES:APMU:2002:2613
Número de Recurso12/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución372/2002
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 372

En la ciudad de Murcia, a veintiséis de octubre de dos mil dos.

Vistos por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio de Menor Cuantía procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cieza y seguidos ante el mismo con el nº 397/99 -Rollo nº12/01-,en los que figura como demandante don Juan Antonio , en el Juzgado representado por el Procurador Sr. Montiel Ríos y en esta alzada la Procuradora Sra. Vinader Moreno y defendido por el Letrado Sr. Germán López-Acosta, y como demandados don Jose Miguel y Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., el primero en rebeldía y la segunda representada en el Juzgado por la Procuradora Sra. Lucas Guardiola y en esta alzada por la Sra. Martínez-Abarca Artiz y defendida por el Letrado Sr. Alcázar Lizarán, versando sobre reclamación de cantidad; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por ambas partes contra la sentencia de fecha 31 de julio de 2000, dictada por el referido Juzgado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente don Antonio Salas Carceller, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO": "Que estimando en parte la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Montiel en nombre y representación de D. Juan Antonio contra

D. Jose Miguel y AGF Unión Fénix, Seguros y Reaseguros, debo condenar y condeno a D. Jose Miguel y AGF Unión Fénix Seguros y Reaseguros a que abonen al actor las cantidades siguientes: 2.500.000 pesetas de principal (250.000 pesetas con cargo exclusivo al asegurado), más los intereses desde el siniestro 2-10- 96, 349.086 pesetas por gastos de Procurador y 500.000 pesetas por daños morales sin hacer expresa imposición en costas y condenando a la aseguradora sobre la base de la indemnización total al interés anual del 20% desde 2-10-96 hasta que se produzca el efectivo pago".

Segundo

Contra la misma se interpuso en tiempo y forma por ambas partes recurso de apelación, que fueron admitidos en ambos efectos elevándose los autos a esta Audiencia Provincial previos los oportunos emplazamientos, formándose el correspondiente Rollo en que comparecieron las partes debidamente representadas y, tramitado el recurso con arreglo a los de su clase, se acordó la sustitución de la vista por escritos de alegaciones de ambas partes, señalándose para votación y fallo el día 29 denoviembre de 2001 y acordándose por esta Sala la práctica de prueba pericial para mejor proveer; y,una vez practicada, se dio nuevo traslado a las partes para alegaciones.

Tercero

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La demanda instauradora del presente pleito fue formulada por don Juan Antonio contra el Letrado don Jose Miguel , en rebeldía, y la aseguradora Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. en reclamación de daños y perjuicios por responsabilidad profesional imputable al primero, que asumió la defensa de los intereses del actor en el juicio ejecutivo n° 121/91 del Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Cieza.

La sentencia de primera instancia acoge parcialmente la demanda y condena a los demandados a abonar las cantidades siguientes: 2.500.000 pesetas de principal (250.000 pesetas con cargo exclusivo al asegurado), más los intereses desde el siniestro 2-10-96, 349.086 pesetas por gastos de Procurador y 500.000 pesetas por daños morales, sin hacer expresa imposición de costas y condenando a la aseguradora sobre la base de la indemnización total al interés anual del 20 % desde el 2-10-96 hasta que se produzca el efectivo pago.

Dicha...

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