SAP Sevilla 761/2003, 14 de Noviembre de 2003

ECLIES:APSE:2003:4075
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución761/2003
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª

Rollo nº 5712/2003

S E N T E N C I A

Iltmos. Sres.:

Don Juan Márquez Romero

Don Conrado Gallardo Correa

Don Fernando Sanz Talayero

En la ciudad de Sevilla a 14 de noviembre de 2003.

Vistos por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla los autos de juicio ordinario nº 1402/2003 sobre reclamación de indemnización por negligencia del abogado y del procurador a los que encomendó la oposición en un juicio ejecutivo, que procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Sevilla, penden en grado de apelación ante este Tribunal, promovidos por Don Luis María , mayor de edad y vecino de Espartinas (Sevilla), representado por el Procurador Don Augusto Atalaya Fuentes y defendido por el Abogado Don Julio Díaz Pérez, contra Don Juan Luis y Doña Clara , mayores de edad y vecinos de Sevilla, representados por el Procurador Don Ignacio Nuñez Ollero y defendidos por el Abogado Don Antonio Rodríguez Merchán. Habiendo venido los autos originales a este Tribunal en méritos del recurso de apelación interpuesto por la primera de las mencionadas partes contra la sentencia proferida por el expresado Juzgado en fecha 26 de mayo de 2003, resultan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice literalmente: "Que desestimando la demanda deducida por el Procurador D. Augusto Atalaya Fuentes, en representación de D. Luis María , contra D. Juan Luis , y contra Dª Clara , representados por el Procurador D. Ignacio Nuñez Ollero, sobre reclamación de 45.215,15 Euros, debo declarar y declaro no haber lugar a la misma, absolviendo a los codemandados del pago de la mencionada suma, e imponiendo expresamente a la parte actora el pago de las costas causadas en el presente procedimiento".

Segundo

Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora, y admitido el mismo, tras formular escrito de oposición la parte demandada, se elevaron seguidamente los autos originales a este tribunal, e iniciada la alzada y seguidos todos los trámites se señaló el día 14 de noviembre de 2003 para la deliberación y fallo, en cuya fecha tuvo lugar.

Vistos, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Conrado Gallardo Correa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La parte actora, en esencia, reclama una indemnización por daños materiales, que cifra en el importe de la cantidad a que fue condenado en sentencia, más los intereses que devengó y las costas que hubo de pagar, por entender que el procurador y abogado demandados incurrieron en negligencia al presentar fuera de plazo el escrito de oposición a la demanda que contra el se interpuso y que dio lugar a los autos de juicio ejecutivo nº 350/1992 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Sanlúcar la Mayor, lo que tuvo como consecuencia que se le condenara sin posibilidad de defenderse.

Segundo

En definitiva, es claro que lo que persigue el actor es la obtención en este procedimiento de lo que hubo de pagar como consecuencia de ser condenado en el juicio ejecutivo en el que perdió la posibilidad de oponerse por causa imputable a los demandados, puesto que su pretensión se individualiza exclusivamente en el daño emergente producido por la condena a pagar una...

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