SAP Alicante 265/2006, 25 de Mayo de 2006

PonenteFAUSTINO DE URQUIA GOMEZ
ECLIES:APA:2006:1762
Número de Recurso117/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución265/2006
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

ALICANTE

ROLLO DE APELACIÓN Nº 117/2006

JUICIO DE FALTAS Nº 424/05

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 1 DE NOVELDA

SENTENCIA DE APELACIÓN Nº 265-06

En Alicante a veinticinco de mayo de dos mil seis.

El Iltmo. Sr. D. Faustino de Urquía y Gómez, Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 5 de diciembre de 2005, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Novelda, en Juicio de Faltas nº 424/05, sobre falta de lesiones, habiendo actuado como parte apelante Serafin.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: "PRIMERO.- El 26 de noviembre de 2005, alrededor de las 13,20 horas, cuando Juan se encontraba en el Parque de la Vereda, de Novelda, se le acercó Serafin y lo golpeó con una cadena de perro, propinándole después varios puñetazos en la cara, tirándolo al suelo, sin que se haya acreditado que Juan profiriera expresión alguna de menosprecio o que menoscabe la dignidad de Serafin.

SEGUNDO

Como consecuencia de la agresión descrita Juan sufrió lesiones consistentes en heridas por abrasión y hematoma a nivel de falange proximal en 2º dedo de mano izquierda, y policontusiones, precisando una asistencia facultativa para curar, sanando en quince días, estando incapacitado durante los mismos, sanando sin defecto ni deformidad.

Serafin sufrió lesiones consistentes en contusión dorsal, herida de un milímetro por debajo del labio inferior y herida por abrasión en falange distal del 4º dedo de la mano izquierda, sanando en 8 días y estando incapacitado durante el primer día, sin que se haya acreditado la causa de dichas lesiones ni, por tanto, la autoría de las mismas."; HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN.

SEGUNDO

El FALLO de dicha sentencia literalmente dice: "CONDENO A Serafin como autor criminalmente responsable de una falta de lesiones prevista y penada en el artículo 617.1 del Código Penal a la pena de treinta días multa con cuota diaria de 6 euros, debiendo indemnizar, en concepto de responsabilidad civil, a D. Juan en 900 euros, todo ello con expresa imposición de costas.

ABSUELVO A Juan de las faltas de lesiones e injurias que se le imputaban ".

TERCERO

Contra dicha sentencia, en tiempo y forma y por Serafin, se interpuso el presente recurso alegando: error en la valoración de la prueba por estimar que no existe en la conducta de Juan un supuesto de legítima defensa por lo que debe dictarse sentencia absolutoria. Con carácter subsidiario se considera que la indemnización otorgada de 900 euros es excesiva por lo que debe de reducirse.

CUARTO

Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección se procedió a formar el presente Rollo nº 117/06, en el que se dicta esta resolución.

QUINTO

En la sustantación de las dos instancias seguidas por el presente asunto, se observaron las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como consecuencia de la vigencia del principio constitucional de presunción...

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