SAP Barcelona 423/2007, 26 de Julio de 2007

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Barcelona, seccion 4 (civil)
Número de resolución423/2007
Fecha26 Julio 2007

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN Cuarta

ROLLO Nº 135/2007

JUICIO VERBAL (DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO) NÚM. 787/2006

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 4 BADALONA (ANT.CI-5)

S E N T E N C I A Nº 423/07

Ilmos. Sres.

D. VICENTE CONCA PEREZ

Dª. AMPARO RIERA FIOL

Dª. MERCEDES HERNANDEZ RUIZ OLALDE

En la ciudad de Barcelona, a veintiseis de julio de dos mil siete

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal (desahucio por falta de pago), número 787/2006 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 4 Badalona (ant.CI-5), a instancia de D/Dª. Alvaro, contra D/Dª. Eloy ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 27 de noviembre de 2006, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimo íntegramente la demanda formulada por Dña. Susana Morales Morente en la representación procesal de D. Alvaro contra D. Eloy, y en su virtud condeno a D. Eloy a abandonar la finca sita en Badalona, c/ Don DIRECCION000, n. NUM000, dejándola vacua, libre y expedita a disposición de la parte actora, apercibiéndole de que de no verificarlo se procederá a efectuar a su costa el lanzamiento.

Condeno a D. Eloy al pago de las costas del juicio.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 31 de mayo de 2007.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. VICENTE CONCA PEREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor, D. Alvaro, copropietario de la casa sita en la calle D. DIRECCION000, NUM000 de Badalona, ejercita acción de desahucio por precario frente a su tío D. Eloy, ocupante del piso NUM001, 2ª, alegando que carece de titulo para ocupar dicha vivienda, que ha disfrutado de la misma por concesión graciosa de su hermano Alvaro y que se le ha requerido a fin de que abandone la expresada vivienda.

El demandado esgrime diversas defensas frente a la pretensión del actor, que analizaremos siguiendo el planteamiento de las mismas al apelar la sentencia dictada por el juez de la primera instancia, que estima la demanda.

SEGUNDO

En primer lugar, entiende el apelante que concurre la excepción de litisconsorcio pasivo necesario ya que no ha sido llamada a juicio su esposa, Dª María Angeles igualmente ocupante de la vivienda. El alegato, sin duda, es puramente formal, dadas las razones del juez para rechazar la excepción, no combatidas por el apelante. Es reiterada la jurisprudencia ordinaria y constitucional en el sentido de que en el caso del juicio por precario y tratándose de núcleos familiares no es necesario demandar a todos y cada uno de los miembros de la familia, produciendo la sentencia un efecto reflejo en todos los componentes de la familia.

Con carácter general, además, hay que tener en cuenta que la esposa no separada del demandado hay que presumir que ha tenido noticia del proceso, y que si tiene interés divergente puede comparecer en el proceso como tercero interesado.

TERCERO

En segundo lugar, el apelante considera que existe falta de legitimación activa, dado que el actor es propietario de sólo la cuarta parte de la finca en que se encuentra la vivienda ocupada por el demandado. El juez ya razona perfectamente sobre el particular, señalando que cualquier comunero puede accionar en...

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