SAP Zaragoza 163/2006, 13 de Marzo de 2006
Ponente | EDUARDO NAVARRO PEÑA |
ECLI | ES:APZ:2006:1757 |
Número de Recurso | 494/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 163/2006 |
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 1ª |
EDUARDO NAVARRO PEÑA MARIA JESUS DE GRACIA MUÑOZ ROBERTO GARCIA MARTINEZ
SENTENCIA NUMERO CIENTO SESENTA Y TRES
Ilmos. Señores:|
Presidente:|
D. Eduardo Navarro Peña|
Magistrados:|
Dª. Mª Jesús de Gracia Muñoz|
D. Roberto García Martínez|
En Zaragoza a trece de Marzo de dos mil seis.
En nombre de S.M. el Rey.
VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 27 de Junio de 2.005 por el Juzgado de Primera Instancia de Tarazona , en autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 8/05, sobre reclamación de cantidad, de que dimana el presente rollo de apelación numero 494/05, en el que han sido partes, apelante, la demandante Dª. Angelina , representada ante el Juzgado por la Procuradora Dª. Yolanda García García y ante esta Sala por el Procurador D. David Sanaú Villarroya, siendo asistida de la Letrada Dª. María- Pilar Ollo Luri, y, apelada, la demandada, entidad mercantil GROUPAMA PLUS ULTRA, SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., representada ante el Juzgado por el Procurador D. Benjamín Molinos Laita y ante esta Sala por la Procuradora Dª. Carmen Baringo Giner y asistida del Letrado D. Manuel Enciso Díaz, siendo Ponente el Magistrado D. Eduardo Navarro Peña, que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y
La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la representación procesal de Angelina y absuelvo a Groupama Plus Ultra Seguros y Reaseguros S.A. de todos los pedimentos efectuados en su contra, y con expresa condena en costas a la actora."
Notificada dicha sentencia a las partes, la representación procesal de la demandante preparó contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma hábiles, y emplazada que fue para que lo interpusiera en legal forma, así lo efectuó mediante la formulación del correspondiente escrito, en el que expuso las alegaciones que tuvo por conveniente, solicitando se dictara sentencia por la Sala, que revocando la recurrida estimase íntegramente su demanda condenando a la referida entidad aseguradora demandada a abonar a su representada la suma garantizada de 10.000 euros, más los intereses moratorios del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, y teniendo en cuenta el factor de corrección establecido para las indemnizaciones por muerte en un 10%.
Dado traslado de dicho recurso de apelación a la representación procesal de la demandada, emplazándola para que pudiera alegar lo que a su derecho conviniere en relación con el mismo, dedujo escrito de oposición, interesando la desestimación del mentado recurso y la confirmación de la sentencia impugnada, imponiéndose las costas de ambas instancias a la parte actora-apelante, tras de lo cual se remitieron los autos originales del juicio a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los autos se formó el correspondiente rollo, en el que se personaron ambas partes, apelante y apelada, y seguido el trámite legal se señaló, finalmente, para la discusión y votación del referido recurso de apelación el día 7 del corriente mes de Marzo, en que tuvo lugar dicho acto.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan en su integridad los correlativos de la sentencia apelada;
La Sra. Angelina , heredera de su difunto hijo Gregorio , quien falleció el día 17 de Junio de 2.004 a consecuencia de los traumatismos múltiples que sufrió al precipitarse al vacío desde un puente o viaducto existente a la altura del punto kilométrico 136,100 de la autopista A-15, término municipal de Areso (Navarra), tras detener en el arcén derecho de su sentido de marcha el vehículo automóvil Opel...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba