SAP Murcia 234/2007, 25 de Junio de 2007

PonenteMARIA JOVER CARRION
ECLIES:APMU:2007:1814
Número de Recurso104/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución234/2007
Fecha de Resolución25 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00234/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MURCIA

Sección 002

Domicilio : RONDA DE GARAY S/N MURCIA

Telf : 968 229141

Fax : 968 229138

Modelo : SEN00

N.I.G.: 30030 37 1 2007 0200729

ROLLO : RECURSO DE APELACION 0000104 /2007

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de YECLA

Procedimiento de origen : JUICIO EJECUTIVO 0000051 /2006

RECURRENTE : FIATC MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA

Procurador/a :

Letrado/a :

RECURRIDO/A :

Procurador/a :

Letrado/a :

AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo 104/07

SECCIÓN SEGUNDA J. Yecla Dos

MURCIA Ejecución Título Judicial 51/06

S E N T E N C I A nº 2 3 4 / 0 7

Ilmos Sres.

Dª. María Jover Carrión

Presidente

D. Fernando López del Amo González

Dª. Julia Fresneda Andrés

Magistrados

En Murcia, a veinticinco de Junio de dos mil siete.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Segunda de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio de Ejecución de Título Judicial nº 51/06 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Yecla Dos entre las partes, como demandantes/apelados Doña Marisol y Don Julián representados por la Procuradora Sra. Reolíd Jiménez, y defendida por la Letrado Sra. Martínez Vidal, y como demandada/apelante FIATC Mutua de Seguros y Reaseguros, representada por el Procurador Sr. Alonso Martínez, y defendida por el Letrado Sr. Tomás Vizcaíno. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Doña María Jover Carrión, que expresa la convicción del Tribunal.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 6 de noviembre de 2006 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la resolución cuyo Parte Dispositiva dice así: la resolución cuyo Parte Dispositiva dice así: Desestimo íntegramente la oposición presentada por el Procurador de los Tribunales Sr.Alonso Martínez en nombre y representación de FIATC MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS, declarando procedente que la ejecución siga adelante por la cantidad de TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS CON SESENTA Y UN CENTIMOS (3.39'61 euros), más MIL UN EUROS CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (1.001'88 euros), que de forma prudencial se presupuestan de intereses y costas, por las que se ha despachado ejecución, con imposición de las costas a la entidad ejecutada FIATC MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación de FIATC Mutua de Seguros y Reaseguros, siendo admitido en ambos efectos, dándose traslado a la contraparte que presentó escrito oponiéndose al recurso.

TERCERO

Por el Juzgado de Instancia se elevaron las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Segunda, formándose el Rollo nº 104/07, y examinados los autos, se señaló el día 25 de Junio de 2007 para deliberación, votación y fallo.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

Frente a la sentencia estimatoria de la demanda se alza la demandada Fiatc Mutua de Seguros reiterando los motivos de oposición al despacho de ejecución, a saber concurrencia de culpas entre los vehículos que intervinieron en el accidente.

SEGUNDO

El artículo 556.3 de la LEC regula como medios de oposición la culpa exclusiva de la víctima, la fuerza mayor extraña a la conducción o al funcionamiento del vehículo y la concurrencia de culpas, a los que cabría añadirse los del artículo 557 de la LEC siempre que también consten en documento...

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