SAP Santa Cruz de Tenerife 254/2007, 25 de Julio de 2007

PonenteEMILIO FERNANDO SUAREZ DIAZ
ECLIES:APTF:2007:1653
Número de Recurso266/2007
Número de Resolución254/2007
Fecha de Resolución25 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

S E N T E N C I A N.º 254.

Rollo n.º 266/07.

Autos n.º 1223/05.

Juzgado de 1ª Instancia n.º DOS de Santa Cruz de Tenerife.

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Emilio Fernando Suárez Díaz.

MAGISTRADOS

Doña Pilar Aragón Ramírez.

Don Luis Javier Capote Pérez.

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En Santa Cruz de Tenerife, a veinticinco de julio de dos mil siete.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º DOS de Santa Cruz de Tenerife, en los autos n.º 1223/05, seguidos por los trámites del juicio Ordinario y promovidos, como demandante, por DON Octavio, que ha comparecido ante este Tribunal representado Por la Procuradora Doña Raquel Guerra López y dirigido por el Letrado Don Domingo Nicolás Hernández Toste, contra DON Luis Manuel representado en primera instancia por la procuradora doña Luisa María Navarro González de Rivera y la AGRUPACION MUTUAL ASEGURADORA que ha comparecido ante este Tribunal representada por la Procuradora Doña Luisa María Navarro González de Rivera y dirigidos ambos apelados por el Letrado Don Antonio J. Castro Trujillo; ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Emilio Fernando Suárez Díaz, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez D. Jaime Francisco Anta González dictó sentencia el catorce de septiembre de dos mil seis cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que, con parcial estimación de la demanda presentada por la procuradora Dña. Raquel Guerra López, en nombre y representación del demandante, D. Octavio, contra D. Luis Manuel y la entidad aseguradora Previsión Sanitaria Nacional, Agrupación Mutual Aseguradora (AMA), debo condenar y CONDENO a ambos demandados a que abonen, conjunta y solidariamente, al actor, DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SÉIS CON SETENTA Y DOS EUROS (2,436.72€) más los intereses reseñados en el cuarto fundamento jurídico de la presente, que serán, en cuanto a la compañía, los fijados en el artículo 20 de la LCS, y, en cuanto al Sr. Luis Manuel, los del art. 1.108 del Código Civil desde que recibió la reclamación precedente a la demanda, y desde la sentencia los procesales del artículo 576 de la vigente ley procesal.

Todo ello sin expresa imposición de las costas. ».

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandante, don Octavio, en el que solicitaba que se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó, además, emplazar a dicha parte por veinte días para la interposición de tal recurso; en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, del que se dio...

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