SAP Alicante 138/2006, 22 de Marzo de 2006

PonenteMARIA TERESA SERRA ABARCA
ECLIES:APA:2006:1490
Número de Recurso558/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución138/2006
Fecha de Resolución22 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

SENTENCIA NÚM. 138

Iltmos. Sres.:

Presidente: D. José Luis Úbeda Mulero

Magistrada: Dª Visitación Pérez Serra

Magistrada: Dª. Mª Teresa Serra Abarca

En la ciudad de Alicante, a veintidós de marzo de dos mil seis.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de ORDINARIO nº 59/2004 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. ONCE de ALICANTE, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte apelante-actora Dª Verónica , habiendo intervenido en el recurso dicha parte, en su condición de recurrente, representada por la Procuradora Dª María-José Soto Soler y dirigida por D. Eduardo Yagües Fabregat, y como apelada demandada NO personada ALLIANZ CÍA. SEGUROS Y REASEGUROS S.A., representada en 1ª Instancia por el Procurador D. Juan Navarrete Ruiz y dirigido por el Letrado D. Manuel Perales Candela. Constando en rebeldía Dª Carina .

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. Once de Alicante en los referidos autos, tramitados con el núm. 59/2004 , se dictó sentencia con fecha 29-07-2005 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando en parte la demanda presentada por la Procuradora Sra. Soto Soler, actuando en nombre y representación de Dª Verónica , contra Dª Carina y "Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.", representadas por el Procurador Sr. Navarrete Ruiz, debo condenar y condeno, con carácter solidario, a las demandadas a que abonen a la actora la cantidad de siete mil ciento ochenta y cuatro euros con ochenta céntimos (7.184'80 Euros), más el interés legal de dicha cantidad a contar desde la fecha del siniestro, y todo ello, sin hacer imposición de las costas de este procedimiento".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte actora en tiempo y forma, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo núm. 558-A- 2005 en el que se señaló para la deliberación y votación el día 21-03-2006, en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Dª. Mª Teresa Serra Abarca.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora-apelante discrepa de la valoración de la prueba del juzgador de instancia, considerando que sólo toma en consideración el atestado policial y la declaración de la conductora, sin tener en cuenta otros datos, como la declaración de la testigo Dª Rita y el lugar donde se golpea a la actora, rodilla izquierda, que corrobora la dinámica del accidente mantenida por ésta, esto es, que cruzó la calzada por un paso de peatones, de derecha a izquierda según el sentido de circulación del vehículo. Concluye que no debe aplicarse porcentaje alguno de reducción de las cuantías reclamadas por ser la únicaresponsable del accidente la conductora del vehículo.

Las alegaciones vertidas en el recurso no desvirtúan los razonamientos jurídicos expuestos en la sentencia de instancia, puesto que por un lado el atestado policial, ratificado en juicio por los agentes que lo instruyeron, y que si bien no presenciaron el accidente llegaron al lugar del atropello breves momentos de ocurrir éste, cuando la lesionada se encontraba aún en el suelo y el vehículo a 1 ó 2 metros detenido. De la inspección ocular, y no sólo de la declaración de la conductora del vehículo, comprobaron que la lesionada había sido arrastrada como consecuencia del atropello, y que no había huellas de frenada del...

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