SAP Castellón 181/2005, 8 de Noviembre de 2005

PonenteAURORA DE DIEGO GONZALEZ
ECLIES:APCS:2005:1179
Número de Recurso124/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución181/2005
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM. 181

Ilmos. Sres.:

Presidente:

DON CARLOS DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ

Magistrados:

DON PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO

DOÑA AURORA DE DIEGO GONZÁLEZ

En la Ciudad de Castellón de la Plana, ocho de noviembre de dos mil cinco.

La SECCIÓN PRIMERA de la Audiencia Provincial de Castellón, constituída por los Ilmos. Sres. anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 10 de mayo de 2005, dictada por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Castellón, en autos de juicio ordinario núm. 1.310 de 2003 de dicho Juzgado .

Han sido partes en el recurso, como APELANTE, la mercantil demandada, Groupama Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., representada por la Procuradora Doña María Ramos Añó y defendida por el Letrado Don Francesc Josep Madrid Belenguer y como parte APELADA, la demandante, Doña Leticia , representada por la Procuradora Doña Estefanía Calatayud Salvador y defendida por el Letrado Don Fernando Romero Bru, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña AURORA DE DIEGO GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El fallo de la sentencia apelada literalmente dispuso: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Estefanía Calatayud Salvador en nombre y representación de Doña Leticia debo condenar y condeno a Don Bernardo y Compañía de Seguros GROUPAMA, S.A., a que abonen de forma solidaria a la actora la cantidad de 3.521'82 euros, con más los intereses legales que serán los del artículo 20 de la LCS para la compañía aseguradora, y expresa imposición a la parte actora de las costas causadas."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, la representación procesal en autos de Groupama, S.A. interpuso en tiempo y forma recurso de apelación contra la misma que fue admitido a trámite con traslado a la parte adversa, quien lo impugnó solicitando su desestimación.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en la Audiencia Provincial se turnaron a la Sección Primera donde se formó el oportuno Rollo de Apelación tramitándose el recurso y señalándose la deliberación y votación del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN los de la resolución recurrida, y

PRIMERO

Únicamente es objeto de controversia en grado de apelación el criterio que debe presidir la fijación del monto indemnizatorio que corresponde a la actora apelada Dª Leticia , por los daños ocasionados en su vehículo en el accidente de circulación ocurrido el 4 de agosto de 2003 en el cruce de las calles Madre Vedruna y Benárabe de Castellón. Incontrovertida en ambas fases del proceso la responsabilidad de los demandados en la colisión, se ha limitado el debate procesal a evaluar si debe percibir la demandante el total importe de la reparación del vehículo, que asciende a 3.521'82 euros, conforme al criterio de restitución íntegra del daño, postura afirmada por la demandante, o si, por el contrario, debe limitarse la indemnización al valor venal del vehículo incrementado en el veinte por ciento que asciende a 1.080 euros, tal como propone la demandada apelante, que solicita de la Sala la revocación de la sentencia de primera instancia y que se dicte nueva resolución en el sentido por ella propugnado.

SEGUNDO

La cuestión subyacente en este recurso no es otra que la vieja polémica consistente en discernir si en los casos de divergencia entre el valor venal y el de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Alicante 131/2007, 12 de Abril de 2007
    • España
    • 12 d4 Abril d4 2007
    ...unos daños que no fueron causados por él, situación que es contraria al espíritu que emana del art. 1902 del Código Civil (SAP Castellón 181/2005 de 8 de noviembre ) por lo que procede la estimación del recurso y en consecuencia la revocación de la sentencia de De conformidad con lo estable......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR