SAP Cáceres 15/2000, 25 de Enero de 2000
Ponente | JACINTO RIERA MATEOS |
ECLI | ES:APCC:2000:48 |
Número de Recurso | 379/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 15/2000 |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cáceres, Sección 2ª |
SENTENCIA Nº. 15-2.000
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE:
DOÑA Mª FELIX TENA ARAGON
MAGISTRADOS:
DON PEDRO V. CANO MAILLO REY
DON JACINTO RIERA MATEOS
ROLLO Nº 379/99 AUTOS NI: 228/99
TIPO DE PROCEDIMIENTO: VERBAL
SOBRE reclamación de cantidad
JUZGADO: CACERES NUM. 1
En la Ciudad de Cáceres a veintiocho de enero del año dos mil.
Vistos en grado de apelación ante la Iltma. Audiencia Provincial Sección Segunda, por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se reseñan, los autos que en el mismo margen se referencian, a instancias de don Jesus Miguel Y DOÑA Claudia , que han designado para oír notificaciones al procurador Sr. Hernández, contra CIA DE SEGUROS GENERALES EUROPEA S.A que ha designado para oír notificaciones en esta segunda instancia al Procurador Sr. Gutiérrez, obrando indicados autos ante este Tribunal a virtud del recurso de apelación interpuesto contra la resolución dictada por el Juzgado que al margen se referencia.
ANTECEDENTES DE HECHOS
Se aceptan los de la resolución que se recurre.
Que por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Cáceres, en los autos núm. 228/99, se ha dictado sentencia de fecha 18 de noviembre de 1.999 , cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:" FALLO. ESTIMANDO EN PARTE LA DEMANDA interpuesta por MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS, DON Jesus Miguel , DOÑA Claudia Y María Rosario representados por el Procurador SR. Hernández Lavado frente a COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERAL EUROPEA S.A. (GESA), representada por el Procurador Sr. Gutiérrez Lozano y en su consecuencia, condeno a esta última a que abone las siguientes cantidades: 1.- a) Mapfre Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija en VEINTISIETE MIL SEISCIENTAS SETENTA Y TRES PESETAS. 2.- a Don Jesus Miguel en TRESCIENTAS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTAS SESENTA Y CINCO PESETAS, por lesiones, daños materiales y gastos de viaje 3.- A Doña María Rosario en SETENTA Y UNA MIL QUINIENTAS PESETAS. 4.- A Doña Claudia enCUATROCIENTAS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTAS CINCUENTA PESETAS. Las anteriores cantidades devengarán el interés de la Ley de Contrato de Seguro desde la fecha del accidente con cargo a la demandada, excepto la suma señalada a favor de la Cia Mapfre que solo devengará el interés legal ordinario desde la interposición de la demanda. No impongo las costas a ninguna de las partes.".
Contra la anterior resolución y por la parte actora, se interpuso recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos, se tuvo por interpuesto en tiempo y forma el recurso y se dio traslado del mismo a la parte demandada, y por nuevo proveído se tuvo por impugnado el recurso y se elevaron los autos a esta Iltma. Audiencia Provincial.
Recibidos por reparto los autos en esta Sección, se formó rollo, se registraron en el libro correspondiente, se turnaron de ponencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 736 de la L.E.Civil , se señaló para VOTACION Y FALLO el día VEINTICUATRO DE ENERO DE DOS MIL, quedando los autos para dictar la resolución procedente.
Que en la tramitación de este recurso se han observado todas las prescripciones legales.
Vistos y siendo Ponente el Iltmo. Sr magistrado DON JACINTO RIERA MATEOS.
Don Jesus Miguel solicita en su recurso que se le abone la cantidad de un 1.181.876 pesetas, derivadas del accidente de circulación por lesiones y daños materiales, pidiendo por ello la revocación de la sentencia de instancia que solamente le ha concedido por los conceptos indicados y por gastos de viajes la cantidad de 344.365 pesetas.
Doña Claudia , esposa del anterior, reclama en su apelación, además de la cantidad de 455.950 pts, ya concedida en la sentencia, la suma de 158.875 pts, resultante de las facturas de reparación de piezas dentarias, asistenta para limpieza, radiografías y resonancia.
La parte apelada solicita la...
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