SAP León 7/2000, 12 de Enero de 2000

PonenteMANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO
ECLIES:APLE:2000:34
Número de Recurso2/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución7/2000
Fecha de Resolución12 de Enero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 2ª

SENTENCIA Núm. 7/2000

Iltmos. Sres.

D. LUIS ADOLFO MALLO MALLO.- Presidente Accidental

D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Magistrado

D. BALTASAR TOMAS CARRASCO.- Magistrado Suplente

En León, a doce de enero de dos mil.

VISTOS, ante el Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido parte apelante ENTIDAD ASEGURADORA "ASEGURATOR, S.A.", y como apelada Rosendo y Juan Pedro , actuando como Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del Juzgado único de Sahagún, se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por D. Rosendo contra la Cía de Seguros "Asegurator", debo condenar y condeno a meritada demandada a que abone al actor dos millones cuarenta y cuatro mil ciento veintisiete -2.044.127- pesetas, siempre que la reparación del vehículo se lleve a cabo y se demuestre en ejecución de sentencia, en caso de que no se lleve a cabo la reparación la Cía Aseguradora deberá indemnizar al actor en el "valor venal" del vehículo, un millón quinientas setenta y tres mil -1.573.000- pesetas, menos el valor de los restos setenta mil -70.000-pesetas, y de la Franquicia, treinta y cinco mil -35.000- pesetas, debiendo abonarle también las ciento quince mil setenta y dos -114.072- pesetas por gastos de estancia del vehículo.- Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Juan Pedro contra la Cía aseguradora "Asegurator", debo condenar y condeno a la citada demandada, a que abone al actor la cantidad de trescientas cincuenta y cinco mil setenta y cuatro 355.074 pesetas, más los intereses establecidos en el artículo 20 de la Ley del Contrato del Seguro .- Todo ello con imposición de costas a la demandada Cía. "Asegurator".

SEGUNDO

Contra la relacionada sentencia que lleva fecha 22 de octubre de 1.998 , se interpusorecurso por la parte apelante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, siguiéndose los demás trámites.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada que se tienen por reproducidos, y

PRIMERO

Ejercitándose por uno de los demandantes, Sr. Rosendo , la acción derivada de lo establecido en el artículo 18 de la Ley del Contrato de Seguro de 8 de octubre de 1.998 , que impone al asegurador la obligación, una vez acaecido el siniestro, de indemnizar los daños sufridos por el asegurado, se opone la aseguradora y apelante, la entidad ASEGURATOR S.A., por entender que únicamente viene obligada al pago del importe del valor venal del vehículo, y no el coste de su reparación total que importa la cantidad de 1.964.055 ptas., frente a la cantidad de 1.573.000 ptas o valor venal del vehículo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR