SAP Zaragoza 590/2003, 4 de Noviembre de 2003

PonenteFRANCISCO ACIN GAROS
ECLIES:APZ:2003:2566
Número de Recurso253/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución590/2003
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

SENTENCIA NUMERO:590-03

EN NOMBRE DE S. M. EL REY

Ilmos. Señores:

PRESIDENTE

D. Julián Carlos Arqué Bescós

MAGISTRADOS

D. Francisco Acín Garós

Doña. Mª Elia Mata Albert.

Zaragoza, cuatro de noviembre de dos mil tres.

Visto por la Sección Segunda de ésta Audiencia Provincial el recurso de apelación

interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del

Juzgado de Primera Instancia nº 18, de los de Zaragoza, en el juicio verbal nº 788/02, rollo 253/03,

sobre reclamación de cantidad, en el que es apelante D. Rosendo , con

domicilio en C/ DIRECCION000 NUM000 , NUM001 NUM002 , Zaragoza, representado por la Procuradora Dª Isabel

Pedraja Iglesias y dirigido por el Letrado D. Ricardo Esteban-Porras del Campo, y apelados D.

Juan Enrique , con domicilio en AVENIDA000 NUM003 , Zaragoza, D. Diego , con domicilio en C/ DIRECCION001 NUM004 , Zaragoza, no comparecidos en esta instancia y en

rebeldía en la primera, y "ZURICH", con domicilio en C/ Eduardo Ibarra 6, Zaragoza, representados por el Procurador D. Fernando Gutiérrez Andréu y dirigidos por la Letrada Dª Laura Brun Gil, y

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los que figuran en la sentencia apelada, y

PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 18, de los de Zaragoza, se dictó el 10 febrero 2003 sentencia que contenía el siguiente fallo:

"1.- Condeno a D. Juan Enrique , D. Diego y la aseguradora "Zurich a abonar a D. Rosendo la suma de 780 euros. 2.- Condeno a D. Juan Enrique , D. Diego y la aseguradora "Zurich" a abonar los intereseslegales que dicha cantidad devengue, que para la aseguradora serán los previstos en el art 20 de la Ley del Contrato de Seguro desde la fecha del siniestro. 3.- No ha lugar a la imposición de las costas procesales causadas".

SEGUNDO

La representación procesal de la parte actora presentó escrito de preparación del recurso de apelación y, dentro del termino del emplazamiento, escrito de interposición, en el que solicitaba se dicte sentencia por la que se revoque la recurrida y, estimándose la demanda, se conde a los demandados al pago integra de la reparación, consintiendo incluso que el pago de realice al Taller reparador para acometer la reparación o que se le abone una vez acredite la reparación mediante la oportuna factura, con imposición a la parte demandada de las costas de la primera instancia, sin especial pronunciamiento sobre las de esta alzada; y dado traslado del recurso a la parte actora, dentro del termino de su emplazamiento presentó escrito de oposición, en el que solicitó la desestimación del recurso con imposición de costas a la parte apelante.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Sala, no aportados nuevos documentos ni propuesto prueba, ni considerado necesaria la celebración de vista, se señaló para votación y fallo el día 28 octubre 2003.

CUARTO

En la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales, a excepción de que no se ha podido cumplimentar el plazo al que se refiere el art 465 LEC.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Francisco Acín Garós.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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