SAP Sevilla 60/2000, 4 de Octubre de 2000

PonenteJULIO MARQUEZ DE PRADO PEREZ
ECLIES:APSE:2000:4291
Número de Recurso5634/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución60/2000
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 8ª

SENTENCIA N° 60/2000 ILUSTRÍSIMO Sr. PRESIDENTE:

D. JULIO MÁRQUEZ DE PRADO PÉREZ

ILUSTRÍSIMOS Srs. MAGISTRADOS:

D. JOSÉ MARÍA FRAGOSO BRAVO

D. JOAQUÍN PABLO MAROTO MÁRQUEZ

En Sevilla, a cuatro de Octubre de dos mil.

La Sección 8ª de la Ilustrísima Audiencia Provincial de esta Capital constituida por los Ilustrísimos Señores que al margen se expresan, han visto en trámite de apelación los presentes autos de carácter civil tramitados como procedimiento de Juicio Verbal con el número 138/2000 por el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Sevilla, todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto por Luis Alberto contra la sentencia dictada por el Juzgado referido en fecha 24 de Mayo de 2000 . ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Sevilla y en los autos de Juicio Verbal N° 138/2000, se dictó Sentencia con fecha del 24 de Mayo de 2000 , que contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando íntegramente la demanda formulada por Don Luis Alberto , representado por el Procurador de los Tribunales Don José Tristán Jiménez contra la Entidad Patatas y Frutas Guerrero S.L, Don Sebastián , ambos en situación procesal de rebeldía y la Entidad aseguradora Mercurio, representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Carmen Pino Copero, debo absolver y absuelvo a éstos de las pretensiones recogidas en aquella y, todo ello, con expresa imposición de las costas a la parte actora."

SEGUNDO

Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpuso contra ella recurso de apelación, dándose traslado del mismo a las partes, siendo a continuación remitidos los autos ante esteTribunal, señalándose día para la deliberación votación y Fallo.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado los trámites y formalidades legales. CUARTO.- Siendo Ponente de esta resolución el Ilmo.. Sr. Don JULIO MÁRQUEZ DE PRADO PÉREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan íntegramente los de la sentencia apelada.

PRIMERO

Como acertadamente razona el Juez "a quo" en su sentencia es consolidada y pacífica la jurisprudencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo (por todas SSTS- 17/6/96- RA- 5070, y 6/3/98- RA- 1496 ) que declara como la inversión de la carga de la prueba no opera en los casos de accidentes de circulación por colisión del vehículo al encontrase los conductores en la misma situación y anularse las...

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