SAP Zamora 339/1998, 3 de Diciembre de 1998

PonenteLONGINOS GOMEZ HERRERO
Número de Recurso101/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución339/1998
Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Zamora

SENTENCIA Nº.339

En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 16 de enero de 1998, en los autos del procedimiento civil, ejecutivo , numero 367/96 , procedentes del Juzgado de 1ª Instancia de Zamora nº 4, y promovido entre las partes, de una como Apelante D. Jose Ángel , demandante, representado en esta Instancia por el Procurador de los Tribunales D. Miguel-Angel Lozano de Lera, y bajola dirección del Letrado D. Eladio García Mielgo, y de la otra, como Apelado D. Consorcio de Compensación de Seguros, demandado, bajo la dirección del Letrado Dª. Marta Rodríguez Valdesogo.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la sentencia de primera instancia

PRIMERO

En los autos de los que este Rollo trae razón, -juicio ejecutivo (Ley del automóvil)- por el Juzgado de 1ª Instancia de Zamora nº 4, en fecha 16 de enero de 1998 , se dictó sentencia, cuyo fallo textualmente dice: "Que estimando la oposición interpuesta en este Juicio ejecutivo por el Consorcio de Compensación de Seguros, admitiendo la excepción alegada por ser el accidente culpa exclusiva del perjudicado, por lo que debo declarar y declaro no haber lugar a dictar sentencia de remate, con expresa imposición de costas del juicio al ejecutante".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación del demandante, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, y previo emplazamiento de las partes, se remitieron los Autos a esta Audiencia, en donde comparecieron dentro del plazo la parte apelante, así como también la parte apelada Consorcio de Compensación de Seguros a través de su Letrada; se ha tramitado el recurso , celebrándose la Vista el día dos de diciembre de 1998, con asistencia de los Letrados antes relacionados, los cuales informaron cuanto estimaron oportuno en defensa de sus respectivos derechos; interesando en su informe el Letrado apelante se dicte sentencia revocando la apelada y acordando seguir adelante la ejecución con imposición de costas; por la Letrada de la parte apelada, se solicitó la confirmación de la sentencia apelada, con desestimación del recurso, e imposición de costas.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido las prescripciones y términos legales, siendo ponente el Ilmo.Sr. D. LONGINOS GÓMEZ HERRERO, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los Fundamentos de Derecho 1º y 2º de la sentencia apelada. Se acepta el Tercero de los Fundamentos en tanto no resulte contradictorio con los de esta sentencia. No se acepta el Fundamento número cuarto.

PRIMERO

Frente a la resolución recaída en el juicio ejecutivo de la Ley del Automóvil tramitado ante el Juzgado de 1ª Instancia , que declaró no haber lugar a dictar sentencia de remate por apreciar la excepción de culpa exclusiva de la víctima, interpone recurso de apelación la parte actora en la instancia, solicitando su revocación y sustitución por otra estimatoria de sus pretensiones.

SEGUNDO

La prosperabilidad de la excepción de culpa exclusiva de la víctima que recoge el art. 1.2 RC-Leg 1301/1986 de 28-junio , y que exime al asegurador del vehículo a motor del deber de reparar el daño causado, o en caso de no aseguramiento al Consorcio de Compensación de Seguros, como es el caso ahora enjuiciado, exige que aquél justifique cumplidamente que la conducta de la víctima ha sido la causa única y exclusivamente determinante de la producción del siniestro, sin que exista responsabilidad alguna, por leve que esta fuere en la actuación del conductor asegurado, cuyo comportamiento debe ser correcto técnica y...

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