SAP Asturias 93/2006, 13 de Marzo de 2006
Ponente | JOSE LUIS CASERO ALONSO |
ECLI | ES:APO:2006:423 |
Número de Recurso | 108/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 93/2006 |
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª |
SENTENCIA: 00093/2006
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000108 /2006
Ilmos. Sres. Magistrados:
DON JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ SEIJO
DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO
DON JOSÉ LUIS CASERO ALONSO
En OVIEDO, a trece de Marzo de dos mil seis.
VISTOS, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 286/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Oviedo , Rollo de Apelación nº 108/06, entre partes, como apelante y demandante DON Fernando y, como apelados y demandados DON Cornelio , MAPFRE, MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA y CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Oviedo dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 2 de diciembre de 2005 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: QUE DESESTIMANDO INTEGRAMENTE la demanda interpuesta en su día por la Procuradora Sra. Alonso Ruíz DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a DON Cornelio y MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS de todas las pretensiones formuladas contra los mismos en este procedimiento; y DEBO CONDENAR Y CONDENO a don Fernando a pagar las COSTAS de este proceso.
Asimismo, se tiene por DESISTIDA a la parte demandante de la prosecución del presente procedimiento respecto del CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, imponiéndole al actor las costas causadas.".
Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por Don Fernando , y previos los traslados ordenados en el art. 461 de la L.E.C ., se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.CUARTO.- En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr./a. DON/DOÑA JOSÉ LUIS CASERO ALONSO.
Por la representación de Don Fernando se accionó frente a Don Cornelio , la entidad Mapfre y el Consorcio de Compensación de Seguros, en su calidad de propietario del vehículo Peugeot U-....-TJ y ocupante del mismo, en reclamación de la suma de 7.077,51 euros correspondiente a los daños materiales sufridos por la máquina y los personales de él como conductor, al haber colisionado el 17-2-2002 contra un muro cuando circulaba por la localidad de Pola de Lena, como consecuencia de la maniobra evasiva que se vio obligado a realizar por causa de otra sorpresiva e imprudente de giro a la izquierda del vehículo propiedad de la persona física demandada, el E-....-KB , conducido por Doña María Consuelo .
Los demandados, propietario y entidad aseguradora privada del vehículo tanto opusieron la falta de legitimación del accionante, por no ser, como se dice, propietario del vehículo, como porque el siniestro fue debido a culpa exclusiva del mismo. Y por el Consorcio se opuso su falta de legitimación al hallarse el vehículo asegurado, a la fecha del siniestro, por la otra entidad aseguradora demandada.
En el acto de la audiencia previa desistió el accionante respecto del Consorcio, quien se opuso únicamente en cuanto interesó la imposición de las costas al actor y ya, después de practicado el juicio, en la sentencia el juzgador "a quo" rechaza la demanda, absolviendo a los demandados y con imposición de costas al actor al apreciar la falta de legitimación del accionante, por ser a él atribuible el siniestro y no venir acreditado haberse hecho de...
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