SAP Barcelona 673/2005, 31 de Octubre de 2005

PonenteFRANCISCO HERRANDO MILLAN
ECLIES:APB:2005:11499
Número de Recurso21/2005
Número de Resolución673/2005
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOPRIMERA

ROLLO Nº 21/2005

JUICIO VERBAL Nº 921/2003

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 46 DE BARCELONA

S E N T E N C I A Nº 673

Ilmos. Sres.

D. JOSEP Mª BACHS I ESTANY

Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA

D. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN

En la ciudad de Barcelona, a treinta y uno de octubre de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoprimera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 921/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Barcelona, a instancia de D. Arturo, contra CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS, FÉNIX DIRECTO, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. y D. Juan Antonio ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 18 de Junio de 2.004, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Jesús de Lara Cidoncha en nombre y representación de D. Arturo contra D. Juan Antonio, debo condenar y condeno a dicho demandado a abonar a la parte actora la cantidad de 2.431,23 euros, con más el interés de dicha cantidad desde la interposición judicial y las costas causadas a su instancia.- Desestimo las pretensiones formuladas contra LA CIA. DE SEGUROS FÉNIX DIRECTO S.A. Y EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS.- A quienes debo absuelvo libremente dada su falta de legitimación pasiva, sin hacer pronunciamiento sobre las costas de los mismos.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria, oponiéndose al mismo las codemandadas Fénix Directo, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. y Consorcio de Compensación de Seguros; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 20 de Octubre de 2.005.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Promovió la parte actora las presentes actuaciones reclamando el importe de los daños materiales sufridos en un accidente de tráfico a cargo del seguro obligatorio y en base a la responsabilidad extracontractual. Formulada oposición de contrario, tras los trámites procesales oportunos recayó sentencia estimando parcialmente la demanda, condenando al conductor y propietario del vehículo causante de los daños, pero absolviendo a la entidad de seguros al apreciar que no tenía suscrito el seguro con la entidad demandada, y al Consorcio de Compensación de Seguros, al estar asegurado el vehículo en una aseguradora no demandada. Contra la sentencia se alzó la parte actora.

SEGUNDO

Se admiten los hechos de la sentencia recurrida y fundamentos jurídicos en cuanto no se opongan a los de la presente resolución.

TERCERO

Previo el examen del recurso es preciso señalar que la sentencia en la alzada debe ceñirse a los puntos y cuestiones planteados en el recurso y, en su caso, en los escritos de oposición o impugnación (...

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