SAP Girona 43/2007, 8 de Febrero de 2007

PonenteFERNANDO LACABA SANCHEZ
ECLIES:APGI:2007:468
Número de Recurso280/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución43/2007
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Girona, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION PRIMERA

GIRONA

APELACION CIVIL

Rollo nº: 280/2006

Autos: procedimiento ordinario nº: 127/2004

Juzgado Primera Instancia 4 La Bisbal d'Empordá

SENTENCIA Nº 43/07

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Fernando Lacaba Sánchez

MAGISTRADOS

Don Fernando Ferrero Hidalgo

Don Carles Cruz Moratones

En Girona, ocho de febrero de dos mil siete

VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 280/2006, en el que ha sido parte apelante D. Juan Ignacio, DÑA. Valentina, D. Eugenio, D. Octavio, DÑA Isabel, representada esta por el Procurador D. JOAQUIM GARCÉS PADROSA, y dirigida por el Letrado D. VICENTE TORRALBA MENDIOLA, y parte apelante D. Juan Carlos, DÑA. Amanda, D. Diego y DÑA. Juana, representda por el Procurador D. JOAQUIM GARCES PADROSA y dirigida por la Letrada DÑA. AMPARO TORRALBA MENDIOLA, y parte apelante D. Fermín, Asunción, D. Serafin, D. Juan María, DÑA. Paloma, DÑA. Carolina, y DÑA. Olga representada por el Procurador D. MARTI REGAS BECH DE CAREDA y dirigida por el Letrado D. CARLOS IZAQUIRRE MORER, y como parte apelante no comparecida en esta alzada D. Diego ; y como parte apelada COVER FUND, S.L, representada por la Procuradora DÑA. ROSA MARIA TRIOLA VILA, y dirigida por la Letrada DÑA. Mª TERESA CURA GRANÉ, y parte apelada VIÑA DEL MAR PORPERTIES INC no comparecida en esta alzada y part apelada rebelde D. Juan y D. Jose Ángel.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de La Bisbal d'Empordá, en los autos nº 127/2004, seguidos a instancias de COVER FUND, S.L., representado por el Procurador D. PERE FERRER FERRER y bajo la dirección de la Letrada DOÑA. TERESA CURA GRANE, contra D. Juan Ignacio, DÑA. Valentina, D. Eugenio, D. Octavio, DÑA Isabel, representado por la Procuradora DÑA. MONTSERRAT CABELLO PANEQUE, bajo la dirección del Letrado D. VICENTE TORRALBA SORIANO, contra D. Juan María, DÑA. Paloma, DÑA. Olga, DÑA. Carolina, D. Javier, D. Fermín, DÑA. Asunción, representados por el Procurador D. CARLOS PEYA GASCONS y asistidos por el letrado D. CARLOS DE IZAQUIRRE MORER, contra D. Diego, DÑA. Juana, D. Juan Carlos, y DÑA. Amanda representados por el Procurador D. CARLOS PEYA GASCONS y asistidos por la Letrada DÑA. MARA TORRALBA MENIDOLA, y contra la mercantil VIÑA DEL MAR PROPERTIES INC, representada por la Procuradora DÑA. ANA MARIA MAESTRO GENOVER y asistida por el Letrado D. VALETIN MOLINS, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Estimando totalmente la demanda de juicio ordinario sobre acción negatoria de servidumbre instada por el Procurador D. Pere Ferrer Ferrer, en nombre y representación de la mercantil COVER FUND S.L. asistida por la Letrada Dña. Montserrat Cura Grané contra D. Juan, D. Jose Ángel declarados en rebeldia procesal, D. Juan Ignacio, DÑA. Valentina, D. Eugenio, D. Octavio, DÑA. Isabel, representados por la Procuradora Dña. Montserrat Cabello Paneque, y asistidos por el Letrado D. Vicente Torralba Soriano, D. Juan María, DÑA. Paloma, DÑA. María Angeles, D. Fermín, DÑA. Asunción representados por el Procurador D. Carlos Peya Gascons y asistidos por el Letrado D. Carlos de Izaguirre Morer, D. Diego, DÑA. Juana, D. Juan Carlos y DÑA. Amanda representados por el Procurador D. Carlos Peya Gascons y asistidos por la Letrada Dña. Mara Torralba Mendila DECLARO que sobre la finca registral 2.665 propiedad de Cover Fund, S.L: no existe servidumbre de paso de clase alguna a favor de la finca registral NUM000 propiedad de los demandados, CONDENANDO a los demandados a estar y pasar por dicha delcaración y a sacar a su costa, las puertas del muro de separación de las fincas registrales 2665 y NUM000, dejando dicho muro en el modo y forma que estaba antes de la colocación de dichas puertas, con el apercibimiento a los demandados de que en lo sucesivo se abstengan de perturbar el derecho de propiedad de la mercantil Cover Fund S.L. con el uso de servidumbres que no existen; con expresa condena en costas a los demandados. se tiene por ALLANADA totalmente a las pretensiones ejercitadas en la demanda principal a la mercantil VIÑA DEL MAR POPERTIES INC representada por la Procuradora Dña. Anna Maria Maestro Genover y asistida por el Letrado D. Valentin Molins; con expresa condena en costas a los demandados-actores reconvencionales. DESESTIMANDO íntegramene la demadna reconvencional de juicio ordinario sobre acción declaratoria de existencia de camino público y acción confesoria de servidumbre forzosa de paso instada por la Procuradora Dña. Montserrat Cabello Paneque en nombre y representación de D. Juan Ignacio, DÑA. Valentina, D. Eugenio, D. Octavio, DÑA. Isabel asistidos por el letrado D. Vicente Torralba Soriano, por el Procurador D. Carlos Peya Gascons en nombre y representación de D. Juan María, DÑA. Paloma, DÑA. Olga, DÑA. Carolina, D. Javier, D. Fermín, DÑA. Asunción asistidos por el Letrado D. Carlos de Izaguirre Morer, y por el Procurador D. Carlos Peya Gascons en nombre y representación de D. Diego, DÑA. Juana, D. Juan Carlos, DÑA. Amanda y asistidos la Letrada Dña. Mara Torralba Mendiola contra la mercantil COVER FUND, S.L. representada por el Procurador Pere Ferrer Ferrer y asistida por la Letrada Dña. Montserrat Cura Grané y contra la mercantil VIÑA DEL MAR PROPERTIES NCE representada por la Procuradora Dña. Anna Maria Maestro Genover y asistida por el Letrado D. Valentín Molins, ABSUELVO a las mercantiles demandadas reconvencionales de los pedimentos contenidos contra ellas en las demandas reconvencionales; con expresa condena en costas a los actores reconvencionales. Se dictó también auto aclaratorio en fecha 7-2-06 cuya parte dispositiva dice "Rectifiqueu la sentència 6/06 de data 5-1-06 els errors materials comés a: primer antecedent de fet, en el segon, tercer, cinquè i setè dels fonaments jurídics, i a la part dispositiva, en el sentit que on diu frinca registral NUM000, ha de dir finca registral NUM001 ".

SEGUNDO

La relacionada sentencia de fecha 5-1-06, se recurrió en apelación por las partes mencionadas en el encabezamiento, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando Lacaba Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la recurrida en todo aquello que no se oponga a lo que a continuación se expone.

PRIMERO

Frente a la sentencia que estima la acción interpuesta por la entidad COVER FUND SL negatoria de servidumbre de paso, y desestima las acciones interpuestas por los codemandados y actores reconvencionales Juan Carlos y otros y Juan Ignacio y otros, se alzan estos en solicitud de que se estimen sus respectivas acciones declarativa de existencia de un camino público, de servidumbre de paso y de servidumbre forzosa, ambos con fundamento en errónea valoración de la prueba practicada en la instancia.

SEGUNDO

El objeto del presente recurso, y del proceso en definitiva, consiste en determinar si existe o no derecho de paso por parte de los...

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