SAP Sevilla, 29 de Abril de 2005

ECLIES:APSE:2005:1545
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución29 de Abril de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª

Rollo nº 1811/2005

S E N T E N C I A

Ilmos. Sres.:

Don Juan Márquez Romero

Don Conrado Gallardo Correa

Don Fernando Sanz Talayero

En la ciudad de Sevilla a 29 de abril de 2005.

Vistos por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla los autos de juicio ordinario nº 90/2004 sobre acción reivindicatoria del dominio, que procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Morón de la Frontera, penden en grado de apelación ante este Tribunal, promovidos por Doña Mónica , mayor de edad y vecina de Pruna (Sevilla), representada por el Procurador Doña Noelia Flores Martínez y defendida por el Abogado Doña Yolanda Gómez Toledano, contra Doña Lina , Doña Begoña , Doña María y Doña Amanda , todas mayores de edad y vecinas de Pruna (Sevilla), representadas por el Procurador Don Pedro Martín Arlandis y defendidas por el Abogado Don Antonio Valle Alvarez. Habiendo venido los autos originales a este Tribunal en méritos del recurso de apelación interpuesto por la primera de las mencionadas partes contra la sentencia proferida por el expresado Juzgado en fecha 30 de diciembre de 2004, resultan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice literalmente: "PRIMERO.- Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Mata Tejero en nombre y representación de Dª. Mónica , y, en consecuencia absolver a las demandadas Dª. Lina , Dª. Begoña , Dª. María y Dª. Amanda de todos los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda. SEGUNDO.- Que no procede efectuar especial imposición de costas".

Segundo

Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora, y admitido el mismo, tras formular escrito de oposición la parte demandada, se elevaron seguidamente los autos originales a este tribunal, e iniciada la alzada y seguidos todos los trámites se señaló el día 29 de abril de 2005 para la deliberación y fallo, en cuya fecha tuvo lugar.

Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Conrado Gallardo Correa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La parte actora recurre la sentencia que desestima su acción reivindicatoria por no haber identificado suficientemente el inmueble alegando, en esencia, que tal identificación quedó perfectamente precisada en el acto de la audiencia previa en la que se circunscribió la acción a lo que la demandada decía poseer por segregación de un inmueble suyo en virtud de un contrato aportado como documento nº 2 de la contestación a la demanda. Por lo demás reitera que tal documento no es título para que la parte demandada tenga la propiedad del inmueble disputado en tanto en cuanto no se ha acreditado la veracidad del mismo y además se trata de una donación de inmueble efectuada en documento privado que carece por ello de validez.

Segundo

A juicio de esta Sala, tal y como afirma la recurrente en su recurso, el bien inmueble objeto de la acción reivindicatoria se encuentra perfectamente identificado, no solamente porque de la demanda y de la contestación a la demanda resulta que esta identificación no es objeto de controversia entre las partes, sino porque en la audiencia previa se precisó la cuestión admitiendo la actora que lo que reclamaba coincide plenamente con lo que la demandada afirma que es de su propiedad en virtud del documento privado aportado con la...

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