SAP Murcia 238/2004, 1 de Septiembre de 2004

PonenteCARLOS MORENO MILLAN
ECLIES:APMU:2004:1840
Número de Recurso203/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución238/2004
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 238

En la ciudad de Murcia, a uno de septiembre de dos mil cuatro.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 207/2002 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado Civil nº 8 de Murcia entre las partes, como actora y ahora apelante Don Adolfo , representado por el Procurador Sr. Garay Pelegrín y defendido por la Letrada Sra. Pallarés López y como demandado y ahora apelante Don Jesús , representado por el Procurador Sr. Aledo Martínez y defendido por el Letrado Sr. Martínez-Escribano Gómez. Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Carlos Moreno Millán que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha 12 de diciembre de 2003 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así; FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el/la Procurador(a) D. Fulgencio Garay Pelegrín en nombre y representación de D. Adolfo , D. Abelardo , Dª. Paulino , D. Juan Alberto , Dª. Marta , D. Gustavo ,

D. Jose Ángel , D. Benito , Dª. Fátima , Dª. Alejandra , D. Ricardo , D. Pedro Antonio , D. Guillermo , D. Carlos José , D. Cesar y Dª. Susana , debo:

  1. - Condenar y condeno a D. Jesús a que abone a los actores la cantidad de cinco mil doscientos sesenta y ocho euros (5.268,00 €) más los intereses de dicha cantidad desde la fecha de esta sentencia.2.- Condenar y condeno a Construcciones Luján Vivancos, S.L. a que abone a los actores la cantidad de once mil quinientos cincuenta y cuatro euros con cuarenta y nueve céntimos (11.554,49 €), más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de esta sentencia.

  2. - Dar por terminado el proceso con los efectos de sentencia absolutoria por satisfacción extraprocesal del interés del actor con respecto a D. Jose Ignacio y con relación a los apartados a) y e) de los daños descritos en la demanda con respecto a Construcciones Luján Vivancos, S.L..

  3. - Todo ello sin expresa condena en costas en esta instancia.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, interpuso recurso de apelación Don Jesús y la parte actora basado en error en la valoración de la prueba.

Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia apelada.

Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Cuarta donde se registraron con el número 203/2004 de Rollo. En proveído del día 21 de julio de 2004 se acordó traer los autos a la vista para dictar Sentencia, señalándose para la celebración de la votación y fallo el día de hoy.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al contenido de la sentencia de instancia que estima en parte las acciones de responsabilidad decenal y contractual planteadas por los actores Don Adolfo y otros contra los co-demandados Don Jesús , en su condición de Arquitecto Superior y contra la mercantil "Construcciones Luján Vivancos, S.L." como promotora del edificio de referencia, tendente a la reparación y subsanación de los vicios constructivos que se mencionan, los citados co-demandados, disconformes con el mencionado pronunciamiento judicial, comparecen en esta alzada interesando la revocación de dicha sentencia, por entender el primero de ellos que existe error por parte del Juzgador en la determinación de la...

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