SAP Madrid 60/2008, 18 de Febrero de 2008

PonentePABLO QUECEDO ARACIL
ECLIES:APM:2008:1595
Número de Recurso526/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución60/2008
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 14

MADRID

SENTENCIA: 00060/2008

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 526 /2007

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

PABLO QUECEDO ARACIL

JUAN UCEDA OJEDA

PALOMA GARCIA DE CECA BENITO

En MADRID, a dieciocho de febrero de dos mil ocho.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 14 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 573/2006, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCIÓN N. 1 de VALDEMORO, a los que ha correspondido el Rollo 526/2007, en los que aparece como parte apelante D. Miguel Ángel, representado por la procuradora Dña. MARÍA LUISA MORA VILLARRUBIA, en esta alzada, y como apelado D. Carlos Daniel, representado por el procurador D. JORGE DELEITO GARCÍA, en esta alzada, quien formuló oposición al recurso en base al escrito que a tal efecto presentó, sobre acción posesoria sumaria, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. PABLO QUECEDO ARACIL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Valdemoro (Madrid), en fecha 30 de marzo de 2007 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente: "Que DESESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por el Procurador José Ignacio Gómez Almodóvar, en nombre y representación de D. Miguel Ángel contra D. Carlos Daniel debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones ejercitadas en su contra.

Todo ello, con expresa imposición de las costas causadas en el procedimiento a la parte demandante.".

SEGUNDO

Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte D. Miguel Ángel, al que se opuso la parte apelada D. Carlos Daniel, y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 23 de enero de 2008.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales, excepto en el plazo para dictar sentencia, debido al cúmulo de asuntos pendientes que pesan sobre esta Sección.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

PRIMERO

El actor se alza contra la sentencia de instancia que desestimó su demanda de interdicto de recobrar, oponiendo un solo motivo basado en el error en la valoración de la prueba.

La sentencia estima que no se ha probado el hecho de la posesión anterior a la demanda del patio litigioso hoy ocupado por el demandado, y no ha tenido en cuenta la escritura publica de compraventa de 12-3-2003 del actor y su plena coincidencia con el catastro, a lo que deben unirse las denuncias contra el demandado por actos perturbadores de su posesión.

Frente a esos títulos opina que los del demandado son de peor calidad; solo aporta un contrato privado de venta, y una resolución municipal, por la que se modifica la licencia de obras que en su día se concedió al actor, para realizar una serie de obras de mejora en su propiedad.

Por último invoca el Art. 38 L.H. que le protege como titular inscrito, y que no es posible atender documentos que estén fuera del Art. 319 L.H.

SEGUNDO

Hemos revisado la prueba, y el resultado es nuestro acuerdo con el Juez de Instancia.

El primer...

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