SAP Valencia 336/2006, 16 de Junio de 2006

PonenteALEJANDRO FRANCISCO GIMENEZ MURRIA
ECLIES:APV:2006:2961
Número de Recurso375/2006/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución336/2006
Fecha de Resolución16 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN UNDÉCIMA

VALENCIA

NIG: 46250-37-2-2006-0002389

Procedimiento: Recurso de apelación Nº 375/2006- R -

Dimana del Juicio Verbal Nº 1138/2005

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 6 DE VALENCIA

Apelantes: D. Carlos Daniel Y D. Juan María y MAPFRE CIA

Procurador:Dª AMPARO GARCIA BALLESTER

Letrado: D. RICARDO GUARCH BONORA

Apelados: EUROPCAR RENTING SA

Procurador : D. ENRIQUE JOSE DOMINGO ROIG

Letrado: D. FRANCISCO FAUBEL CUBELLS

SENTENCIA Nº 336/2006

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Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

D. José Alfonso Arolas Romero

Magistrados/as

D. Alejandro Giménez Murria

D. Manuel José López Orellana

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En Valencia, a dieciséis de junio de 2.006

Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Alejandro Giménez Murria, los autos de Juicio Verbal - 1138/2005, promovidos por EUROPCAR RENTING SA contra D. Carlos Daniel Y D. Juan María y MAPFRE CIA sobre "responsabilidad extracontractual por circulación de vehículos de motor", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por D. Carlos Daniel Y D. Juan María y MAPFRE CIA, representados por la Procuradora Dña. AMPARO GARCIA BALLESTER y asistidos del Letrado D. RICARDO GUARCH BONORA contra EUROPCAR RENTING SA, representados por el Procurador D. ENRIQUE JOSE DOMINGO ROIG y asistido del Letrado D. FRANCISCO FAUBEL CUBELLS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 6 DE VALENCIA, en fecha 31-01-06 en el Juicio Verbal -1138/2005 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Estimando la demanda formulada por el Procurador Domingo Roig, Enrique José en nombre y representación de Europcar Renting SA, debo condenar y condeno a Carlos Daniel, Juan María y Mapfre a que hagan pago de forma solidaria a la parte actora, de la cantidad de 464,40 €, más el interés legal del art. 20.4 de la L.C.S, a contar desde la fecha del siniestro. Se impone el pago de costas a los demandados."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de D. Carlos Daniel Y D. Juan María y MAPFRE CIA, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de EUROPCAR RENTING SA. Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, se señaló para deliberación y votación el día quince de junio de 2.006.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No comparte la Sala los de la sentencia recurrida, y.

PRIMERO

El procedimiento se inició por la demanda formulada por la propietaria del vehículo matrícula 3954-CPR, a consecuencia de la colisión sufrida con el contrario en la rotonda existente en el cruce entre las calles General Avilés y Manuel de Falla, reclamando los daños sufridos en dicho vehículo por importe de 464,04 €.. La sentencia dictada en este procedimiento condenó a los demandados al pago de la cantidad reclamada, declarando su responsabilidad extracontractual. Por lo que, habiéndose estimado la demanda, por la representación de la parte demandada se recurrió la sentencia dictada, alegando en síntesis: error en la apreciación de la prueba, ya que de la practicada o bien se concluye la responsabilidad del actor o la existencia de versiones contradictorias sobre quien invadió el carril del contrario, ya que si se observa el croquis del parte amistoso el demandado iba por su carril, la parte exterior de la rotonda, y ligeramente mas adelantado que el vehículo del actor, que se encontraba en el carril central llevando una trayectoria rectilínea dentro de la rotonda, en vez de la preceptiva giratoria, siendo éste el que empieza a atravesar carriles...

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