SAP Madrid 660/2003, 10 de Julio de 2003
Jurisdicción | España |
Emisor | Audiencia Provincial de Madrid, seccion 18 (civil) |
Fecha | 10 Julio 2003 |
Número de resolución | 660/2003 |
SENTENCIA Nº:
Fecha Sentencia:10 DE JULIO DE 2003
Procedimiento:JUICIO ORDINARIO
Rollo nº: 22/02
Autos nº:135/01
Procedencia: 1ª INSTANCIA Nº43 DE MADRID
Demandante/APELADO: D. Luis Pedro Y OTRAS
Procurador:SR. CALOTO CARPINTERO
Demandado/APELANTE: C.P. C/ DIRECCION000 Nº NUM000
Procurador:SRA. GIL-SANZ MADROÑO
PONENTE: ILMO. SRA. GUADALUPE DE JESUS SANCHEZ
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMO. SR.:DÑA. GUADALUPE DE JESUS SANCHEZ
ILMO. SR.:D. LORENZO PEREZ SAN FRANCISCO
ILMO. SR.:D. JESUS RUEDA LOPEZ
En MADRID , a diez de julio de dos mil tres.
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre impugnación acuerdos, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 43 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandado C.P. C/ DIRECCION000 nº NUM000 de Madrid, representada por la Sra. Gil-Sanz Madroño y asistida del Sr. Onrubia Pardo; y de otra, como apelado demandante D. Luis Pedro , Dña. Cristina , Dña. Camila y Dña. Julieta , representadas pro el Sr. Caloto Carpintero y asistidos de la Sra. Blanco Acevedo, seguidos por el trámite del Juicio Ordinario.VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sra. GUADALUPE DE JESUS SANCHEZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 43 de Madrid, en fecha 5 de jUlio de 2001 , se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmenmte la demanda interpuesta por la reprnesetaicón de Dª Cristina , D Luis Pedro , Dª Camila y Dª Julieta debo declarar y declaro respecto ala junta de la COMUNIDAD DE PROIETARIOS DE LA DIRECCION000 Nº NUM000 DEMADRID celebrada el 20 de Octubre de 2000: 1º) la nulidad de la cuerdo tercero del ordend eldia; 2º) la nulidad parcial del acuerdo segundo del ordend el dia relativo a cmabio de calefección central prindividual; y 3º) la modificacón del acta en lo relatlivo a la aprobacióndel pagod e cuotas para funcionameito de servicio de calefacción debiendo computarse respectoa ello elvoto favorable de los demanantes. No procede efectuar expresa imposicóndelas costas causads en este juicio".
Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada , y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron todas las partes, substanciándose el recurso por sus trámites legales conforme previene la Ley 1/2000.
La vista pública celebrada el día 24 de Junio de 2003 , tuvo lugar con la asistencia e informe de los letrados de las partes que han comparecido.
En la tramitación del presente...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba