SAP Madrid 907/2006, 7 de Noviembre de 2006
Ponente | MARIA LUISA APARICIO CARRIL |
ECLI | ES:APM:2006:15323 |
Número de Recurso | 89/2006 |
Procedimiento | APELACIÓN |
Número de Resolución | 907/2006 |
Fecha de Resolución | 7 de Noviembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 7ª |
ROLLO Nº 89/2006
JUICIO ORAL Nº 484/2005
JUZGADO DE LO PENAL Nº 26 DE MADRID
SENTENCIA Nº 907/06
AUDIENCIA PROVINCIAL
ILMOS. SRES. DE LA SECCIÓN 7ª
Dª. Mª LUISA APARICIO CARRIL
Dª. ANA Mª FERRER GARCÍA
Dª ANA MERCEDES DEL MOLINO ROMERA.
En Madrid a, siete de noviembre de dos mil seis.
VISTO en segunda instancia, ante la Sección Séptima de ésta Audiencia Provincial, el Juicio Oral nº 89/2006 procedente del Juzgado nº 26 de lo Penal de Madrid seguido por un delito de ACUSACIÓN Y DENUNCIA FALSA contra el acusado Gerardo, venido a conocimiento de esta Sección a virtud de recurso de apelación que autoriza el artículo 790 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, interpuesto en tiempo y forma por dicho acusado contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del expresado Juzgado con fecha 19 de enero de 2006.
En la sentencia apelada se establecen como hechos probados que: "El acusado Gerardo, titular del DNI número NUM000, mayor de edad y sin antecedentes penales, el día 19 de noviembre del año 2003, a las 17,25 horas se personó en la comisaría de Retiro y formuló denuncia contra Frida por hechos acaecidos ese mismo día a las 15,45 horas en la calle Gregorio Sánchez Herraez consistentes en tirarle piedras, insultarle y amenazarle. Como consecuencia de esta denuncia se incoó juicio de faltas con el número 1.614/2003 en el Juzgado de Instrucción número 4 de Madrid, en fecha 26 de noviembre de 2003, celebrándose juicio oral el día 4 de mayo del año 2004, en el que se dictó sentencia "in voce" absolviéndose a la denunciada y deduciéndose testimonio por delito de denuncia falsa al quedar probado que el acusado había utilizado la denuncia para solventar las diferencias que mantenía con la denunciada, la cual le había denunciado en múltiples ocasiones por malos tratos, tenia una orden de alejamiento dictada por el Juzgado de Alcorcón número 4 de fecha 11 de septiembre de 2001 por seis meses, había sido condenado por al menos dos veces por sendas faltas de malos tratos y lesiones, en sentencias de fecha 2 de julio del 2001 dictada por el Juzgado de Instrucción nº 5 de Alcorcón, y 11 de septiembre de 2001 por el número 4 de Alcorcón. Dicha sentencia no fue recurrida, archivándose el procedimiento el 1 de octubre del año 2004.- Actualmente el acusado tiene un procedimiento abierto por malos tratos en el Juzgador número 2 de Alcorcón y una orden de alejamiento de fecha 26 de mayo del año 2003 dictada en el curso del procedimiento y con duración hasta el fin del mismo."; su fallo o parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno al acusado Gerardo sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, como autor responsable de un delito de denuncia falta, a la pena de 4 meses de multa, con una cuota diaria de 4 euros y con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago y al pago de las costas de este procedimiento, incluidas las de la acusación particular constitutita.". Han sido parte en la sustanciación del presente recurso el Ministerio Fiscal y dicho apelante representado por el Procurador D. Fernando Doria Fernández y Ponente la Magistrada Dª....
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