SAP Sevilla 337/2004, 20 de Julio de 2004
ECLI | ES:APSE:2004:3041 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 337/2004 |
Fecha de Resolución | 20 de Julio de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª |
S E N T E N C I A Nº 337
AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA
Sección Segunda
PRESIDENTE ILMO. SR.
DON MANUEL DAMIÁN ÁLVAREZ GARCÍA.
MAGISTRADOS, ILMOS. SRES.
DON RAFAEL MÁRQUEZ ROMERO
DON CARLOS PIÑOL RODRIGUEZ
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: 1ªInst. Sev. 10
ROLLO DE APELACIÓN Nº 2377/04-Y
JUICIO Nº 910/03
En la Ciudad de Sevilla a Veinte de Julio de dos mil cuatro.
Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de SEVILLA, JUICIO ORDINARIO sobre Reclamación de Cantidad procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de Pedro Enrique , representado por la Procuradora Srta. Calderón Seguro, que en el recurso es parte apelante, contra la Entidad FERNÁNDEZ FERRERA, S.L., representada por la Procuradora Srta. Robles de Acuña, que en el recurso es parte impugnante y apelada.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 1 de Diciembre de 2003, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: " 1.- Estimo parcialmente la demanda promovida D. Pedro Enrique contra ,FERNANDEZ FERRERA, S.L.".//2.- Declaro que ,FERNANDEZ FERRERA, S.L." adeuda a la parte actora la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS más IVA, en total DOSCIENTOS NOVENTA EUROS CON NOVENTA Y TRES CÉNTIMOS.//3.- Condeno a ,FERNANDEZ FERRERA, S.L." a estar y pasar por esta declaración y, en consecuencia, a que pague a la parte actora la referida cantidad, con los intereses determinados en el fundamento de derecho penúltimo.//4.- Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo quedó visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL DAMIÁN ÁLVAREZ GARCÍA.
La sentencia de primer grado reputa prescrita la acción de indemnización por clientela, y estima la acción de indemnización por falta de preaviso en relación al contrato de agencia que vinculaba a los litigantes; frente a dicha resolución, la parte actora interpone recurso de apelación, al entender que la primera de aquellas acciones no ha prescrito, y la parte demandada formula impugnación en lo desfavorable, al considerar que la segunda de las acciones ejercitadas también ha prescrito, que en los 250'80 euros reclamados y concedidos va incluido el 16% de IVA, y que la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba