SAP Valencia 121/2008, 25 de Febrero de 2008

PonenteJOSE LUIS GOMEZ-MORENO MORA
ECLIES:APV:2008:1409
Número de Recurso889/2007/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución121/2008
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

121/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN UNDÉCIMA

VALENCIA

NIG: 46250-37-2-2007-0005254

Procedimiento: Recurso de apelación Nº 000889/2007- L -

Dimana del Juicio Ordinario Nº 001148/2006

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 22 DE VALENCIA

Apelante/s: Dª María Purificación.

Procurador/es.- JUAN HERNANDEZ CORTES.

Apelado/s: Dª Andrea.

Procurador/es.- LAURA OLIVER FERRER.

SENTENCIA Nº 121/2008

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Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

D. ALEJANDRO GIMENEZ MURRIA

Magistrados/as

D. MANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA

D. JOSE LUIS GOMEZ MORENO MORA

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En Valencia, a veinticinco de febrero de dos mil ocho

Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS GOMEZ MORENO MORA, los autos de Juicio Ordinario nº 1148/2006, promovidos por Dª Andrea contra

Dª María Purificación sobre "reclamación de cantidad", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por Dª María Purificación, representado por el Procurador D. JUAN HERNANDEZ CORTES y asistido del Letrado D. FEDERICO MORENO MARTINEZ contra Dª Andrea, representado por el

Procurador Dña. LAURA OLIVER FERRER y asistido del Letrado D. JOSE SAMBLAS RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 22 DE VALENCIA, en fecha 18-6-07 en el Juicio Ordinario Nº 1148/2006 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Dª Laura Oliver Ferrer en nombre de Dª Andrea contra Dª María Purificación condeno a dicha demandada a abonar a la actora la cifra de dieciséis mil treinta y cinco euros (16.035 €), más los intereses legales desde la presentación de la demanda y sin hacer expresa condena en costas."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de Dª María Purificación, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de Dª Andrea. Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, se señaló para deliberación y votación el día 12 de Febrero de 2.008.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con relación a los hechos que motivan la demanda que da origen al procedimiento de primera instancia se basa en que la actora señora Andrea consintió en hipotecar una vivienda suya al objeto de posibilitar la concesión de un préstamo a un familiar; y que como consecuencia del impago se ejecuta en el Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Valencia la referida hipoteca. Que como consecuencia del acuerdo de subasta del inmueble, la demandada se ofreció a prestar sus servicios profesionales como mediadora inmobiliaria para solucionar el problema. Que la demandada le solicitó que le otorgará un poder especial para poder vender la vivienda, lo que así se hizo. Una vez verificada la compraventa retiene una serie de cantidades, como son unos honorarios que no estaban acordados, y comisiones duplicadas con exceso en el uso de los poderes otorgados. Como consecuencia de lo dicho, se considera que no procede el pago de la comisión por la venta, que asciende a 16.035€, la minuta letrado señor Humberto que importa...

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