SAP Ciudad Real 25/2006, 7 de Febrero de 2006

PonenteCARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO
ECLIES:APCR:2006:102
Número de Recurso37/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución25/2006
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª

SENTENCIA nº: 25/2.006.

En CIUDAD REAL, a siete de Febrero de dos mil seis.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 2 de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de JUICIO VERBAL 362/2005, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CIUDAD REAL , a los que ha correspondido el Rollo 37/2006, en los que aparece como parte apelante "SOLISS MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA", representada por el Procurador MANUEL CORTES MUÑOZ, y asistida por el Letrado BERNARDO CORTES CESPEDES, y como apelado Ramón , y siendo Magistrada Ponente la Iltma. Sra. Dª. Carmen Pilar Catalán Martín de Bernardo.ANTECEDENTES DE HECHO:

PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CIUDAD REAL, por el mismo se dictó sentencia con fecha 14 de Octubre de 2.005 , cuya parte dispositiva dice: "Fallo: Que estimando en su integridad la demanda planteada por Don Ramón contra la entidad "Soliss Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija", representada por el Procurador Señor Cortes Muñoz, debo condenar y condeno a la citada demandada a abonar al actor la suma de 540,90 euros con mas el interés prevenido en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro desde el 20 de Enero de 2.005 y expresa imposición de costas a la demandada".

Notificada dicha resolución a las partes, por "SOLISS MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA" se interpuso recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes fueron remitidos a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para el acto de la votación y fallo el DIA SIETE DE FEBRERO DE 2.006.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Ante la sentencia dictada en la primera instancia, por la representación de Soliss, Mutualidad de Seguros, se interpone recurso de apelación, alegando como motivos del mismo, infracción de lo recogido en los arts. 265,269, y 270 de la L. E. Civil , su disconformidad con el fundamento jurídico segundo, en el sentido de no encontrarse dentro de las exclusiones de la póliza, el evento ahora reclamado, mala fe del asegurado en el sentido de querer ser sancionado para cobrar la indemnización, y por ultimo la incongruencia de la sentencia, con una condena en costas no solicitada por la parte actora. Con base en dichos motivos se solicita la revocación de la sentencia.

Por D. Ramón , se formuló oposición a dicho recurso, solicitando su desestimación y la confirmación de la sentencia dictada.

SEGUNDO

Como primer motivo del presente recurso, se alega la infracción de normas procesales, relativas a la aportación y admisión de la prueba documental en la primera instancia. Efectivamente el art. 265 de la L. E. Civil , señala el momento procesal en el que deben aportarse los documentos relativos al fondo del asunto, y no cabe tampoco la menor duda de que el aportado por el actor, era el fundamental para su pretensión, más, el citado articulo en su nº 3 señala un momento posterior para la presentación de dichos documentos, en concreto el de la audiencia previa, que dada la clase de este procedimiento, solo puede venir referido al acto del juicio verbal, para la presentación de aquellos, relativos también al fondo del asunto, cuyo interés o relevancia sólo se ponga de manifiesto a consecuencia de las alegaciones efectuadas por el demandado, supuesto éste, que concurre en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • SAP Ciudad Real 64/2013, 5 de Marzo de 2013
    • España
    • March 5, 2013
    ...2005, SAP Girona de 8 junio 2005, SAP Navarra de 27 mayo 2005, SAP Palencia de 22 abril 2005, SAP Barcelona de 19 julio 2005, SAP Ciudad Real de 7 febrero 2006 ; siendo así que por la segunda se inclinan otras tantas AA.PP., como la SAP Madrid de 23 diciembre 2005, SAP Valencia de 19 septie......
  • SAP Ciudad Real 124/2008, 23 de Junio de 2008
    • España
    • June 23, 2008
    ...2005, SAP Girona de 8 junio 2005, SAP Navarra de 27 mayo 2005, SAP Palencia de 22 abril 2005, SAP Barcelona de 19 julio 2005, SAP Ciudad Real de 7 febrero 2006 ; siendo así que por la segunda se inclinan otras tantas AA.PP., como la SAP Madrid de 23 diciembre 2005, SAP Valencia de 19 septie......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR