SAP Barcelona 253/2008, 3 de Abril de 2008

PonenteANA MARIA HORTENSIA GARCIA ESQUIUS
ECLIES:APB:2008:3650
Número de Recurso543/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución253/2008
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN DECIMOCTAVA

ROLLO 543/07

EJECUCION TITULOS JUDICIALES 1339/06

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 6 TERRASSA

S E N T E N C I A Nº 253/08

Ilmos. Sres.

Dª ANA Mª GARCIA ESQUIUS

Dª MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO

Dª Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE

En la ciudad de Barcelona, a tres de abril de dos mil ocho.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de

EJECUCION TITULOS JUDICIALES, número 1338/06 seguidos por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA 6 DE TERRASSA, a

instancia de D. Luis Carlos, contra Dª. Daniela ; los cuales penden ante esta Superioridad

en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 23 de enero de

2007 por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo integramente la demanda de modificación de medidas interpuesta por Don Luis Carlos, representado por la Procuradora de los Tribunales Doña Roser Freixa, contra Doña Daniela, representada por el Procurador Don YUri Brophy Dorado, con expresa condena en costas de la parte actora".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 27 de marzo de 2008.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ANA Mª GARCIA ESQUIUS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna el apelante la sentencia de instancia que desestima su solicitud de modificación de la pensión de alimentos fijada en anterior sentencia a favor de la hija común de los litigantes, en aquella fecha menor de edad. La sentencia dictada en fecha 9 de octubre de 2001, fijó la pensión de alimentos a cargo del padre en la cantidad de 40.000.- pesetas mensuales, teniendo en cuenta que el padre percibía un salario de 110.000 a 121.847 pesetas brutas mensuales y que además, venía dedicándose por cuenta propia a realizar trabajos de cerrajeria, lo que le reportaba unos ingresos adicionales no cuantificados

En la demanda origen de este procedimiento, presentada el 5 de octubre de 2006, se solicita la reducción de la referida pensión a la cantidad de 100 euros mensuales, en base a las nuevas circunstancias existentes, y en concreto, el paso a la situación de jubilación del padre que en la actualidad cuenta...

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