SAP La Rioja 88/2007, 3 de Mayo de 2007
Ponente | ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ |
ECLI | ES:APLO:2007:274 |
Número de Recurso | 128/2007 |
Número de Resolución | 88/2007 |
Fecha de Resolución | 3 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LOGROÑO
SENTENCIA: 00088/2007
Recurso de apelación:APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000128 /2007
Procedimiento Abreviado :JUICIO RAPIDO 0002102 /2006
Juzgado de origen:JDO. DE LO PENAL nº: 002 de, LOGROÑO
Apelante: Trinidad
Procurador: Mª SAENZ DE SANTAMARIA VILLAVERDE
Letrado: Mª SOLEDAD FUENTES LOPEZ
ADHERIDO: MINISTERIO FISCAL
Apelado: Fernando, SERVICIO RIOJANO DE SALUD
Procurador: FABRA NEGUERUELA
Letrado: MANUEL MARTIN SANCHA, ABOGADO DEL GOBIERNO DE LA RIOJA
Ilmos.Sres.Magistrados:
D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ
D. CARMEN ARAUJO GARCÍA
D. LUIS MIGUEL RODRIGUEZ FERNANDEZ
S E N T E N C I A Nº 88 DE 2007
En LOGROÑO, a tres de mayo de dos mil siete.
La Audiencia Provincial de esta capital ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente Rollo de Sala 128/2007, dimanante del Expediente nº 2102/2006, del JDO. DE LO PENAL nº: 002 de LOGROÑO, contra Sentencia de fecha 22/12/06,por delito de MALTRATO FAMILIAR, siendo partes, como apelante, Trinidad, defendida por la Letrada Dª MARIA SOLEDAD FUENTES y representada por la Procurador Dª MARIA SAENZ DE SANTAMARIA VILLAVERDE y, como apelado D. Fernando y SERVICIO RIOJANO DE SALUD, defendidos por los Letrados D. MANUEL MARTIN SANCHA y ABOGADO DEL GOBIERNO DE LA RIOJA, respectivamente, y representado el primero por la Procuradora SRA. FABRA NEGUERUELA, habiendo sido Ponente el Ilmo. Magistrado D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ.
El Juez del Juzgado de lo Penal nº 2 de los de Logroño, con fecha 22/12/2066, dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este recurso declarando probados los siguientes hechos: " Que debo absolver y absuelvo a Fernando de los delitos de Lesiones en el ámbito familiar del que era acusado, declarando de oficio las costas causadas en el presente juicio".
Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación procesal de JDO. DE LO PENAL nº: 002 de LOGROÑO, que fue admitido en ambos efectos y practicadas las diligencias oportunas y previo emplazamiento de las partes, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal y no habiéndose propuesto diligencias probatorias, al estimar la Sala que no era necesaria la celebración de la vista para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron los autos vistos para sentencia, previa deliberación.
Se admiten y esta Sala hace propios los hechos declarados probados por la sentencia de instancia.
Por el Juez de instancia se dictó sentencia en la que se absolvía a Fernando de los delitos de Lesiones en el ámbito familiar del que era acusado, con declaración de las costas de oficio.
Por la Procuradora Dª Maria Sáenz de Santamaría, en representación de Trinidad, se ha interpuesto recurso de apelación contra esta resolución, solicitando que con revocación de la misma y estimación de sus alegaciones, se dictase sentencia condenatoria del acusado.
El Ministerio Fiscal se adhirió a este recurso de apelación, interesando su estimación, conforme a las alegaciones expuestas en el escrito de interposición o formulación de la adhesión al recurso.
Por el Ministerio Fiscal, en trámite de conclusiones provisionales elevadas a definitivas en el acto del juicio, se imputó a Fernando la comisión de dos delitos de lesiones sobre la mujer en el ámbito familiar, tipificados en el art. 153.1 y 3 del Código Penal, en relación con los hechos llevados a cabo por Fernando contra Trinidad, con la que se encontraba casado, a las 13,30 horas del día 8 de diciembre de 2006 y a las 12,40...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba