SAP Madrid, 17 de Octubre de 2000

PonenteMIGUEL ANGEL SANCHEZ PLAZA
ECLIES:APM:2000:14101
Número de Recurso1219/1997
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

SENTENCIA

En Madrid, a diecisiete de Octubre de dos mil.

La Sección Décimo Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre acción resarcimiento indemnización por daños y perjuicios, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Alcorcón, seguidos entre partes, de una como apelante Centro de Multigestión Mercantil S.L. representado por el Procurador D. Fernando Díaz Zorita Cantó y defendido por el Letrado D. Francisco Talavera Martín, y de otra como apelado D. Juan Ignacio , representado por el Procurador D. Javier Lorente Zurdo y defendido por el Letrado D. Antonio García Petite, seguidos por el trámite de juicio de menor cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Miguel Angel Sánchez Plaza ; Presidente de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Alcorcón, en fecha 10 de noviembre de 1.997, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por D. Juan Ignacio representado por el Procurador Dª Mª José Pérez Martínez, contra la Compañía Mercantil Centro de Multigestión Mercantil S.L. representado por el procurador D. Fernando Díaz Zorita, sobre reclamación de cantidad.

Debo Condenar y Condeno a la Compañía Mercantil Centro de Multigestión Mercantil S.L. a que tan pronto sea firme esta sentencia abone a la parte actora la suma de 1.607.146 (un millón seiscientas siete mil ciento cuarenta y seis) pesetas de principal y los intereses legales antes expresados, sin expresa condena en costas procesales".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fué admitido en ambos efectos y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron las partes, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 10 de octubre de 2.000, tuvo lugar con la asistencia e informe de los Letrados de las partes.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento, han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

  1. FUNDAMENTOS DE DERECHO Se aceptan, en cuento no se opongan ni contradigan a lo que luego se dirá, los antecedentes fácticos y la fundamentación jurídica de la sentencia recurrida.

PRIMERO

En el procedimiento del que trae causa el presente recurso, el demandante Don Juan Ignacio , ejercitó una acción personal de reclamación de cantidad contra la demandada "Multigestión Mercantil S.L.", solicitando inicialmente el abono de los intereses de demora (845.153 Pesetas) y sanciones (761.993 pesetas) que vino obligado a satisfacer a la Agencia Tributaria, como consecuencia de las actas de Inspección levantadas con relación a las declaraciones-liquidaciones de I.R.P.F., relativas a los ejercicios de 1.989 a 1.993, así como el importe correspondiente a los intereses de un préstamo bancario que se dice concertó para hacer frente a dichas deuda...

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