SAP Granada 399/2004, 28 de Junio de 2004

PonenteMoisés Lazuén Alcón
ECLIES:APGR:2004:1602
Número de Recurso753/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución399/2004
Fecha de Resolución28 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 4ª

D. ANTONIO MOLINA GARCÍAD. MOISÉS LAZUÉN ALCÓND. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA

SECCION CUARTA

ROLLO Nº 753/03

JUZGADO GRANADA 12

ORDINARIO Nº 321/02

PONENTE SR. MOISÉS LAZUÉN ALCÓN

SENTENCIA NÚM. 399

ILTMOS. SEÑORES:

PRESIDENTE

D. ANTONIO MOLINA GARCÍA

MAGISTRADOS

D. MOISÉS LAZUÉN ALCÓN

D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ

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En la ciudad de Granada a veintiocho de junio de dos mil cuatro. La Sección Cuarta de esta

Iltma. Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de juicio ordinario 231/02, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 12 de Granada, en virtud de demanda de BANCO ESPAÑOL DE CREDITO S.A., que ha designado para oír notificaciones en esta instancia al Procurador/a Sr/a Rodríguez García, contra D. Araceli y D. Juan Enrique que ha nombrado al Procurador/a Sr/a Sánchez Estévez, para oír notificaciones en esta alzada.

Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida sentencia, fechada en 5 de diciembre de 2002, contiene el siguiente fallo: "Que debo estimar y estimo la demanda formulada por doña Mª José Rodríguez García, procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de Banco Español de Crédito S.A. contra doña Araceli y Don Juan Enrique , debiendo condenar y condenando a los demandados a que abonen al actor la cantidad de 23.283,28 euros, mas intereses legales desde la fecha de la reclamación judicial, sin hacer expresa condena en costas."

SEGUNDO

Sustanciado y seguido el presente recurso, por sus tramites ante esta Iltma. Audiencia Provincial, en virtud de apelación interpuesta por la parte demandada, por escrito y ante el Órgano que dictó la sentencia; de dicho recurso se dio traslado a demás partes, para su oposición o impugnación; tras ello se elevaron las actuaciones a este Tribunal, señalándose día para su Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.

TERCERO

Han sido observadas las prescripciones legales de trámite.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. MOISÉS LAZUÉN ALCÓN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada en 5-12-02, por el Juzgado de Iª Instancia nº 12 de Granada en autos de juicio Ordinario 231/02, seguidos por demanda de Banco Español de Crédito S.A., frente a Dª Araceli y D. Juan Enrique , en reclamación de cantidad, se formuló por los citados codemandados recurso de apelación, que ha originado el Rollo 753/02 de esta Sala, que resolvemos.

SEGUNDO

Como ya ha tenido ocasión de poner de manifiesto esta Sala (Rollos 663/01, 372/02), hemos de poner de...

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