SAP Málaga 151/2006, 23 de Marzo de 2006

PonenteMANUEL TORRES VELA
ECLIES:APMA:2006:666
Número de Recurso61/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución151/2006
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

MANUEL TORRES VELAJOAQUIN IGNACIO DELGADO BAENAJOSE LUIS LOPEZ FUENTES

S E N T E N C I A Nº 151

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

SECCION CUARTA

PRESIDENTE ILTMO. SR.

D. MANUEL TORRES VELA

MAGISTRADOS ILTMOS. SRES.

D. JOAQUIN DELGADO BAENA

D. JOSE LUIS LOPEZ FUENTES

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 2 DE MARBELLA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 61/2006

JUICIO Nº 815/2004

En la Ciudad de Málaga a veintitrés de marzo de dos mil seis.

Visto, por la SECCION CUARTA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Carlos Manuel e Cristina , que en la instancia fueran partes demandantes y comparecen en esta alzada representados por el Procurador D. FRANCISCO DE PAULA GUTIERREZ MARQUES y defendidos por el Letrado D. JOSE ALCALA CAFFARENA. Es parte recurrida DIRECCION000 , que está representada por el Procurador SRA. DUARTE GUTIERREZ DE LA CUEVA, ANTONIA y defendida por el Letrado SRA. BAYO MURIEL, MONSERRAT, que en la instancia ha litigado como parte demandada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 11.05.05 , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que desestimando la demanda interpuesta por la representación de D. Carlos Manuel y Dña. Cristina frente a la DIRECCION000 debo absolver y absuelvo a los demandados respecto de las pretensiones de la demandante e imponer a la actora las costas causadas en el presente procedimiento."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 02.03.06, quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL TORRES VELA, quien expresa el parecer del Tribunal.

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al pronunciamiento judicial desestimatorio de la demanda origen de este procedimiento, por entender que no quedó acreditado que el funcionamiento de los motores del grupo de presión comunitario fuera la causa directa del problema de afección acústica que presenta la vivienda de los actores, se alza el presente recurso de apelación que en síntesis se sustenta en que acreditada la realidad de los problemas de afección acústica que presenta su vivienda, también lo está la fuente generadora de los mismos, que no puede ser otra sino el funcionamiento del grupo de presión instalado justo debajo de la misma, aunque dicho funcionamiento sea correcto. Así mismo se insiste en que junto a la acción de responsabilidad por culpa extracontractual ejercitada contra la Comunidad demandada también se ejercitó contra la misma la cesatoria y resarcitoria derivada de la LPH, dado el contenido del fundamento jurídico V de la demanda y de lo concretado en la Audiencia Previa, al tiempo que se reitera como segundo motivo de recurso la infracción de normas sobre valoración del resultado de las pruebas practicadas.

La Comunidad apelada impugnó las alegaciones efectuadas de contrario, solicitando la confirmación de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Los motivos y, por ende, el recurso han de ser desestimados, por cuanto con independencia de que todas las cuestiones suscitadas por los recurrentes en su recurso, repetición de las efectuadas en la alzada,...

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