SAP Zaragoza 177/2007, 22 de Marzo de 2007
Ponente | JAVIER SEOANE PRADO |
ECLI | ES:APZ:2007:570 |
Número de Recurso | 25/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 177/2007 |
Fecha de Resolución | 22 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
ZARAGOZA, SENTENCIA: 00177/2007
SENTENCIA núm. 177 / 2007
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA
Magistrados:
D. JAVIER SEOANE PRADO
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
En ZARAGOZA, a veintidós de Marzo de dos mil siete.
En nombre de S.M. el Rey,
VISTOS por esta Sección 005 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de JUICIO VERBAL 0000514/2006, procedentes del JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 025 de 2007, en los que aparece como parte apelante ZOTELI S.L. representado por el procurador Dª LUCIA DEL RIO ARTAL y asistido por el Letrado D. PEDRO-ANGEL JULIAN LOBERA; y como parte apelada AGEDI-AIE representado por el procurador D. EMILIO PRADILLA CARRERAS y asistido por el Letrado D. JOSE PAJARES ECHEVARRIA; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER SEOANE PRADO.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 20 de octubre de 2006, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "1. Que estimando parcialmente la oposición a la demanda interpuesta por AGEDI-AIE contra Zoteli S.L. debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la actora la suma de 1552,79 euros, más los intereses legales.
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Todo ello sin hacer expresa imposición de costas".
Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de la demandada Zoteli S.L., se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y cinta de video, y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 9 de marzo de 2007.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la resolución recurrida en tanto no se oponen a los de la presente resolución y;
AGEDI AIE reclama a Zoteli SL los derechos que le corresponden por la reproducción de fonogramas conforme al contrato firmado el día 1-5-1994 con el representante legal de la demandada Sr. Rodolfo.
Este opone la inexistencia del contrato, la excepción de prescripción en relación a los derechos de una antigüedad mayor de los cinco años contemplado en el art. 1966 CC, y finalmente, que ya se halla pagando los derechos reclamados a la SGAE con la que concertó un contrato de cesión de derechos de autor el día 29-7-1993.
El Juzgador de primer grado entiende que...
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